Glosario de Términos Clave del Siglo XIX Español
Carlismo
Movimiento político y militar que surge a la muerte de Fernando VII para defender los derechos dinásticos de su hermano menor Carlos y el absolutismo monárquico.
Guerras Carlistas
Nombre dado a las tres guerras del siglo XIX iniciadas por los carlistas contra los liberales. La Primera Guerra Carlista (1833-1839) fue la más importante y supuso la pervivencia de estructuras forales en Navarra y el País Vasco. La Segunda Guerra Carlista (1846-1849) tuvo menor intensidad y se desarrolló en Cataluña con un cariz de revuelta catalana de carlistas, republicanos y progresistas contra el gobierno moderado. La Tercera Guerra Carlista (1872-1876) fue una reacción a la monarquía de Amadeo I y después contra la Primera República.
Carlistas
Partidarios de Carlos María Isidro y defensores del movimiento político español surgido durante la primera mitad del siglo XIX. El carlismo defendía la religión católica, la patria, la monarquía tradicional y los “Fueros”.
Isabelinos
Apoyaron la causa de Isabel, la hija de Fernando VII y reina de España. En este bando se encontraban los partidarios de los principios liberales, que vieron en la niña Isabel la posibilidad del triunfo de sus ideales.
Desamortizaciones
Normas legales por las cuales se expropiaban para su subasta pública los “manos muertas”, que podían ser bienes religiosos o comunales. La primera desamortización fue la eclesiástica de Mendizábal. La segunda fue la civil de Madoz (1855). El proceso desamortizador finalizó con la dictadura de Miguel Primo de Rivera.
Estatuto Real
Marco legal “otorgado” por un monarca a sus súbditos. En la España contemporánea se conoce el caso del estatuto real de 1834 que la regente María Cristina “concedió” a los españoles. Fue de concepción muy moderada.
Liberales/Liberalismo
Su objetivo era la limitación del poder real y la elaboración de Constituciones escritas que recogieran los principios de los ilustrados liberales. Pronto se dividió en dos corrientes: moderados y progresistas. Los liberales moderados eran partidarios de amplios poderes para la corona y de un sufragio censitario muy restringido. Se trataba de una opción intermedia entre el absolutismo y la soberanía popular, un liberalismo conservador. Los liberales progresistas eran partidarios de la labor legislativa de las Cortes de Cádiz y de una profunda reforma social y política que limitase el poder del rey en favor del Parlamento.
Reaccionario
Persona que busca restablecer lo abolido, en este caso el Antiguo Régimen y sus privilegios o legitimidades. Tras la Revolución Francesa, se utilizaba para calificar a quienes se le oponían, siendo sinónimo de “contrarrevolucionario”.
Progresistas
Representaban a la mediana y pequeña burguesía, la oficialidad media del ejército y las clases populares urbanas. Estaban a favor de la soberanía nacional, el predominio de las Cortes sobre el Monarca y refutaban la intervención de la Corona en la vida pública, además de la ampliación de los derechos políticos e individuales y la reforma agraria.
Moderados
Eran un grupo más heterogéneo que aglutinaba a terratenientes, comerciantes e intelectuales conservadores, gran parte de la antigua nobleza y el alto clero. Defendían el derecho a la propiedad, la restricción del sufragio según la riqueza, limitar los derechos individuales y la soberanía compartida entre las Cortes y la Corona.
Regencia, Consejo de Regencia
Situación política que se produce en los regímenes monárquicos cuando hay ausencia de un/a monarca, bien por ausencia física o por minoría de edad. La regencia puede ser ejercida por una sola persona, Regente, o por un Consejo (colectivo) de Regencia. Durante la Guerra de la Independencia, operó en ausencia del rey, un Consejo de Regencia. Hubo varias regencias posteriores: la de la reina María Cristina entre 1833 y 1840, Espartero (1840-1843), Serrano (1869), María Cristina (1885-1902).
Sufragio Censitario
Derecho de emitir un voto para la elección de representantes en un sistema parlamentario. Fue introducido por el liberalismo a lo largo del siglo XIX en las sucesivas Constituciones. El sufragio censitario o restringido es el que puede ejercer una mínima parte de la población y es el predominante en el siglo XIX. Tendrá que llegar el siglo XX para que se extienda el sufragio universal. Éste es el que pueden ejercer el conjunto de la población a partir de una determinada edad y en un principio limitado al sexo masculino. En España el sufragio femenino fue introducido en la Constitución de la II República y se ejerció en las elecciones de Noviembre de 1933. El sufragio indirecto es el que se ejerce mediante intermediarios o compromisarios, es decir, el elector vota a unos compromisarios que a vez pueden elegir a otros hasta que “indirectamente” se eligen a los representantes finales. El sufragio directo se ejerce cuando el elector elige “directamente” a sus representantes sin intermediarios o compromisarios.