La Guerra de la Independencia Española y el Contexto Ideológico
En 1808, tras el Motín de Aranjuez y las abdicaciones de Bayona, la monarquía española quedó en manos del hermano de Napoleón, José I Bonaparte, quien, con tropas francesas llegadas tras el Tratado de Fontainebleau, ocupaba gran parte del país.
Desde el punto de vista ideológico, en España encontramos varios grupos:
Afrancesados
Defensores de José Bonaparte, rey de España, en quien esperaban encontrar un poder fuerte, capaz de poner en marcha las reformas que necesitaba el país y que se plasmaran en el Estatuto de Bayona. No querían una revolución. Sin embargo, a pesar de sus esperanzas en las reformas, se vieron rechazados por gran parte de la sociedad española, que los consideraba traidores por colaborar con el régimen impuesto por los franceses. A pesar de ello, siguieron promoviendo sus ideas ilustradas y sus esfuerzos por modernizar el país, lo que enfrentó la resistencia de los sectores más conservadores que defendían las tradiciones y la independencia frente a la ocupación extranjera. Esta división política y social marcó la historia de España durante la Guerra de la Independencia y el posterior periodo de restauración.
Patriotas
- Absolutistas o serviles: Defensores de la monarquía absoluta en manos de Fernando VII y del Antiguo Régimen.
- Reformistas o Jovellanistas: Defensores de las reformas necesarias para el país y partidarios de Fernando VII, bajo el Despotismo Ilustrado. Eran defensores del Antiguo Régimen. Los más avanzados defendían la soberanía compartida entre el rey y las Cortes.
- Liberales: Defensores de un programa de reformas revolucionarias, contrarios a la monarquía absoluta y al Antiguo Régimen. Eran minoría en el país, pero lograron controlar las Cortes de Cádiz. Defendían la soberanía nacional, la división de poderes y la igualdad jurídica.
Formación de las Juntas y la Junta Central
Se produce el primer hecho revolucionario: la formación de Juntas de Gobierno y Defensa, formadas por hombres de la aristocracia, el clero, militares y funcionarios, que asumen la soberanía en ausencia del rey Fernando VII.
La acción de estas Juntas determina la formación de Juntas Provinciales y, después, de una Junta Central bajo la elección de delegados bajo un sistema indirecto de la Parroquia, la Provincia y la Junta Central, presidida por Floridablanca. Tras la llegada de Napoleón a la península, desde Aranjuez, se refugia en Sevilla y, por último, en Cádiz. No pudo coordinar bien la guerra contra Napoleón y decide autodisolverse y no convocar una consulta al país (una de las demandas de la sociedad española era el fin del poder absoluto del rey). Optará por traspasar su poder a un Consejo de Regencia encargado de convocar unas Cortes estamentales.
Las Cortes de Cádiz y la Imposición Liberal
Con la formación de las Cortes se logró imponer el criterio de los liberales. Los diputados fueron elegidos por sufragio universal indirecto y las Cortes se convocaron como una Asamblea única, donde a cada diputado le correspondía un voto. Las Cortes se reunían en representación de la nación y no del Rey, aunque le juraron fidelidad, pues lo reconocían como soberano legítimo. La composición de los diputados era variada (abogados, funcionarios, militares, nobles…). Los territorios americanos también estaban representados. Debido a la guerra, mientras llegaban los diputados elegidos, se permitió que fueran sustituidos por habitantes de Cádiz. Esto hizo que los liberales dominasen definitivamente las Cortes, ya que la ciudad era la más liberal de España.
El ambiente apasionado de las reuniones de las Cortes, y el hecho de que fueran públicas, y que la vida política se extendiera por toda la ciudad, eran en realidad el resultado de la gran división entre las distintas posturas ideológicas.
La Constitución de 1812: Pilar del Liberalismo Español
La Constitución de 1812 fue la principal obra legislativa de las Cortes, de la cual nace el régimen parlamentario y constitucional en lugar del viejo absolutismo. Las Cortes también tomaron decisiones a través de decretos que destruyeron las bases del Antiguo Régimen, como la igualdad jurídica de los ciudadanos y la garantía de libertad económica. Destacan: la Ley de Imprenta, la abolición de los Señoríos Jurisdiccionales, la supresión de la Mesta, la supresión de la Inquisición, la supresión de los gremios, la libertad de comercio e industria o la definición de España como nación única.
La Constitución de 1812 se promulgó el 19 de marzo (La Pepa). Se compone de un título preliminar y 384 artículos, que la hacen muy extensa. Establece que la Nación Española es libre e independiente y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. La forma de Estado se establece bajo una monarquía constitucional o parlamentaria.
Defiende que la soberanía reside en la Nación, entendida como la reunión de todos los españoles a quienes pertenece el derecho exclusivo de establecer sus leyes fundamentales.
Organización de Poderes
Desde una perspectiva orgánica, se establece una separación de poderes en la que el poder ejecutivo recae en el Rey, mientras que el poder legislativo es compartido entre las Cortes y el monarca. En este marco, el Rey tenía la facultad de imponer un veto suspensivo de hasta dos años sobre cualquier ley, además del derecho de iniciativa legislativa. Por su parte, el poder judicial estaba en manos de los tribunales. La representación de la nación correspondía a las Cortes, cuyos diputados eran elegidos mediante sufragio universal masculino para votar (voto activo) y sufragio censitario para ser elegidos (voto pasivo).
Derechos y Libertades
En su parte programática, destaca la inviolabilidad de domicilio, la libertad de expresión, la libertad de prensa y personal, el derecho a la educación… No se reconoce la libertad de culto (debido a un pacto entre los liberales y los absolutistas) y se establece la religión católica como oficial y única.
Legado y Vigencia
La Constitución de 1812 se inspira en la francesa de 1791, pero es más avanzada y progresista, ya que permite el sufragio universal y una garantía de derechos y libertades. Pero la obra de Cádiz nunca se pudo poner en práctica debido a las situaciones de la guerra. Era obra de una minoría, que dejó al margen a la gran mayoría de la población; las clases populares no participaron. No es una constitución verdaderamente democrática. Su influencia fue muy importante tanto en América del Sur y Central como en Europa. La Constitución estuvo vigente desde 1812 a 1814, durante el Trienio Liberal (1820 – 1823) y en 1836.