Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812.
En plena Guerra de la Independencia se reunieron las Cortes de Cádiz y dieron comienzo con su obra a la Revolución liberal burguesa en España aprovechando el vacío de poder. Se propusieron crear un marco legal que permitiera pasar de una sociedad estamental a una liberal y acabar con el Antiguo Régimen.
Tendencias políticas en las Cortes de Cádiz
Los diputados fueron convocados a Cortes en Cádiz por el Consejo de Regencia, a quien la Junta Suprema Central, viéndose incapaz de dirigir la guerra, traspasó sus poderes a comienzos de 1810. Muchas provincias ocupadas por los franceses no pudieron enviar representantes y buscaron suplentes en Cádiz. El ambiente liberal de esta ciudad propició que la mayoría de los diputados pertenecieran a la burguesía liberal – abogados, funcionarios, comerciantes, militares, catedráticos- aunque también había muchos eclesiásticos (casi un tercio) y algunos nobles. No hubo representantes de las clases populares. Los diputados patriotas estaban agrupados en dos tendencias:
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Absolutistas o “serviles”, que defendían la soberanía real y la vuelta al Antiguo Régimen
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Liberales, la mayoría, partidarios de la soberanía nacional, querían aprobar una Constitución, siguiendo el ejemplo de la Constitución francesa de 1791
. Destacaron Muñoz Torrero, Argüelles, Quintana
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Los 184 diputados que representaban a todas las regiones españolas se reunieron en la Isla de León el 24 de septiembre de 1810 en una Asamblea Constituyente, en vez de las tradicionales Cortes estamentales.
La Constitución de 1812
La primera Constitución española se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José; por eso se conoce como “la Pepa”. La Constitución o ley fundamental es muy larga, se compone de un discurso preliminar y 384 artículos, que establecen la forma de Estado, de gobierno y los derechos y deberes de los españoles. En ella aparece la idea de “nación española”, definida como el conjunto de todos los ciudadanos, sin distinción entre los españoles de los dos hemisferios. La Nación unitaria se declara libre e independiente. La forma de Estado sería una monarquía–
En la persona de Fernando VII
– pero parlamentaria o constitucional.
Sus principios fundamentales son:
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“soberanía nacional” , el poder está en el pueblo a través de sus representantes en Cortes.
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derechos fundamentales del individuo como la libertad de expresión y prensa, la igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad. Estos derechos son considerados “legítimos” y “naturales”.
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División de poderes
El poder legislativo corresponde a las Cortes, unicamerales y con amplios poderes y el Rey no puede suspenderlas ni disolverlas pero sí sancionar y promulgar las leyes, y conserva el derecho de veto suspensivo temporal.
El poder ejecutivo lo tiene el rey, cuya persona es sagrada e inviolable, pero está sometido a ciertos límites; no es responsable, pero sí sus ministros. El poder judicial recae en los tribunales de justicia y se establecen los principios básicos de un estado de derecho, con garantías.
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Sufragio universal masculino indirecto
Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por dos años; puede serlo cualquier español mayor de 25 años; pero se requiere disponer de una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios (sufragio censitario
)
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Estado confesional ya que la religión oficial y única será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.
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igualdad ante la ley, todas las personas podrán acceder a un cargo público si su capacidad es adecuada; se valora el talento personal y no el nacimiento o el título – fin de los privilegios de la sociedad estamental. Es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a la riqueza.
· Se crea la Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.
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Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria.
Con otros Decretos socioeconómicos (abolición de la Mesta, de la Inquisición, de los gremios, de los señoríos jurisdiccionales, de los mayorazgos, desamortización de tierras comunales) los liberales gaditanos querían realizar reformas para liquidar los fundamentos económico- jurídicos del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden liberal en España.
Importancia de la Constitución de 1812
La Constitución de Cádiz es fundamental en la historia de España. Es la primera–
La Constitución de Bayona de 1808 es una Carta Otorgada
-. Se inspira en la Constitución francesa de 1791 pero es más avanzada y progresista que ella, ya que acepta el sufragio universal y una amplia garantía de derechos. La guerra de la Independencia no permitió llevar a la práctica lo legislado por las Cortes. Además la mayoría de la sociedad española quedó al margen: eran campesinos, monárquicos absolutistas por estar muy influidos por el clero y la nobleza.
Fernando VII anuló la Constitución y la obra de las Cortes de Cádiz en marzo de 1814. Sin embargo, la Pepa fue una referencia clave para el liberalismo posterior. Su influjo fue decisivo en otras constituciones de América del Sur y europeas (Italia y Portugal).
LIBERALISMO ISABELINO
INTRODUCCIÓN.-
El reinado de Isabel II significa la creación y la consolidación del estado liberal, transformándose la antigua monarquía absoluta en otra parlamentaria. En reinados anteriores ya hubo varios intentos de cambio, por lo que el tránsito desde el Antiguo al Nuevo Régimen se inscribe en un proceso más amplio, en el que no faltaron interrupciones y sobresaltos, como ocurrió en el reinado de Fernando VII. Lo que ocurre durante el de Isabel II es que el proceso se precipita, se acelera y, por fin, se resuelve en la creación del Estado liberal. Un liberalismo que va a ser en esta primera etapa mayoritariamente moderado y censitario, respondiendo a los intereses de la clase oligárquica en el poder.
I.- LA FORMACIÓN DEL ESTADO LIBERAL
Durante el largo reinado de Isabel II asistimos a una serie de cambios que consolidaran definitivamente el estado liberal, racionalizando y organizando la estructura del Estado español, Sentando, en definitiva, las bases de la España moderna.
I.1.- Consolidación de la monarquía parlamentaria:
Se establece la división de poderes, el reconocimiento de los derechos individuales, la afirmación del principio de la soberanía nacional, el sufragio, el pluralismo político…Todos estos principios se recogen en las distintas Constituciones. Es un periodo básico en la historia del Constitucionalismo español. Existen cuatro constituciones; el estatuto real – que no es una constitución, sino una carta otorgada, la Constitución de 1837, que pese a sus contradicciones se considera una constitución progresista, la de 1845, constitución conservadora por antonomasia y la que más importancia y vigencia tuvo, y la Constitución non nata de 1856 – este apelativo viene del hecho de que no se llegó a aplicar.
I.2.- Consolidación del pluralismo político:
La división del liberalismo que ya apareció en el trienio liberal, se consolida y se amplia. Al partido moderado y progresista – los dos más importantes, se les une el Demócrata, la Unión Liberal y la primeras formulaciones del republicanismo. No obstante, existe un marcado predominio del partido moderado o conservador
I.3.- Cambios económicos
:La política económica es llevada a cabo fundamentalmente por gobiernos progresistas. Dentro de estas disposiciones legislativas cabe destacar todo el proceso desamortizador de la tierra, la supresión del régimen señorial y los gremios, la ley de ferrocarriles, la Ley de Sociedades Bancarias y Crediticias…
I.4.- Cambios administrativos:
Las reformas administrativas son llevadas a cabo por gobiernos conservadores, destacando la centralización del estado con la división provincial de Javier de Burgos y la creación de la figura de los gobernadores civiles y militares, la reforma de la Hacienda Pública -refundiendo la multiplicidad de impuestos en sólo cuatro- la aprobación del Código Penal, la firma del Concordato con la Santa Sede, la creación de la Guardia Civil, cuerpo armado de carácter conservador, rural y pseudo militar, en contraposición del carácter progresista y urbano de la milicia nacional, la organización de la Instrucción pública, asumiendo el Estado la obligación de la enseñanza como asunto público…
I.5.- DEBILIDAD DEL PODER POLÍTICO CIVIL:
Está consolidación del estado liberal se hace con muchas dificultades y superando muchos obstáculos que imponían las viejas fuerzas tradicionales. Una de las características del reinado de Isabel II (y de toda la historia contemporánea de España) va a ser el protagonismo militar; protagonismo militar que viene dado no solo por el hecho de que los cambios de gobierno se produjesen a raíz de pronunciamientos militares, sino también por la presencia de militares como líderes de los partidos políticos. Este protagonismo militar viene dado no solo por la debilidad del poder político civil y en el contexto de las dificultades de implantación del nuevo régimen, sino también motivado por la importancia de las guerras en este periodo, que hizo subir la influencia de los militares y creo una peligrosa macrocefalia militar. Por otra parte, el sistema democrático dejaba mucho que desear; el poder de la oligarquía era excesivo, quedando grandes capas de la sociedad fuera del juego político. Estamos asistiendo a la creación de la España oficial y real y a la presencia del caciquismo, hechos que caracterizarían el periodo de la Restauración.
LOS GOBERNADORES CIVILES | EL ESTADO CENTRALIZADO | EL PROTAGONISMO MILITAR EN LA HISTORIA DE ESPAÑA |
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Esta figura va a ser de tremenda importancia para la racionalización y centralización del estado español. Los gobernadores civiles eran también conocidos como jefes políticos y van a tener una gran importancia en el caciquismo. Esta figura ha perdurado hasta hace muy poco -1997- que han sido sustituidos por la figura de «Subdelegados del Gobierno». | Ya hemos estudiado en otro apartado el viejo problema de la estructura de España. Va a ser en el reinado de Isabel II donde el estado se centralice definitivamente, a través de la división provincial y de los gobernadores civiles. Esta estructura centralista de influencia francesa, se contrapone a la poca importancia y peso del estado propio del Antiguo Régimen. El carlismo tendría como una de sus principales reivindicaciones el foralismo y a finales de siglo cobrarán fuerza los nacionalismo periféricos en contestación a esta centralización. Hay historiadores que opinan que con Isabel II asistimos a la verdadera creación de España. | El protagonismo militar en la historia de España está unido a la llegada del nuevo régimen y dificultades de implantación. Este se va a concretar, a través de los pronunciamientos, los golpes de estado y la presencia de los militares en el liderazgo de partidos políticos. Solo en dos periodos de la historia de España se ha impuesto el protagonismo civil; en la Restauración y en el periodo democrático actual. En la España democrática de nuestros días, los militares no pueden estar afiliados a partidos políticos, incluso a sindicatos, ni pueden presentarse a elecciones de ningún tipo, salvo que dejen de estar en activo. Es una medida tomada para evitar que la democracia este vigilada y controlada por los militares. |