Isabel II:
La muerte de Fernando VII generó una situación de incertidumbre política motivada por la cuestión sucesoria: el enfrentamiento entre carlistas, de ideología absolutista, e isabelinos, de inspiración liberal. Los primeros defienden los derechos al trono del hermano del rey, Carlos María Isidro,acogíéndose a la Ley Sálica que excluía a las mujeres de la línea de sucesión. Los segundos,por el contrario, veían en Isabel, la legítima heredera, apoyándose en la Pragmática Sanción promulgada por Fernando VII en 1830 tras el nacimiento de su hija. Al fallecer el rey en 1833, accede al trono Isabel con apenas tres años, por lo que su madre, la reina María Cristina ocupa la regencia y en ese instante, estalla una Guerra Civil, entre los carlistas, apoyados por Austria y Prusia, países absolutistas, e isabelinos, apoyados por Inglaterra y Francia. Esta primera guerra carlista acaba en 1840, con la firma de la Paz de Vergara (“abrazo de Vergara”) entre los generales Espartero (liberal) y Maroto (carlista). Con el apoyo prestado a la causa de Isabel se inicia el nuevo régimen liberal, que se irá afianzando durante las regencias de María Cristina (1833-1840) y Espartero (1840-1843).
Entre los liberales existían dos tendencias, que discrepaban en cuanto a la amplitud y profundidad de las reformas que había que llevar a cabo para instaurar el nuevo régimen:
A) Los liberales moderados:
Grupo compuesto por clases altas e ilustrados que propónían reformas liberales, pero de alcance limitado: soberanía nacional, pero repartida entre el Rey y las Cortes, sufragio muy censitario, estado confesional, poder legislativo bicameral con nombramiento por el rey de los miembros del Senado, estado centralizado muy fuerte, etc.
B) Los Liberales progresistas:
Representaban a las clases medias (artesanos, comerciantes,…), intelectuales y parte del ejército, y defendían, en cambio, reformas liberales más radicales: que la soberanía nacional residiese exclusivamente en las Cortes, un sufragio censitario pero más amplio, ayuntamientos democráticos, una sola cámara legislativa (las Cortes), la creación de la Milicia Nacional, etc. No obstante, ambos grupos consideraban fundamental la redacción de una Constitución, que recogiera la división de poderes, la libertad de expresión y opinión y libertades individuales. Fueron los principales protagonistas del proceso político entre 1833 y 1868, aunque los progresistas sólo participaron en las tareas de gobierno en periodos cortos y siempre a raíz de una insurrección popular apoyada por un pronunciamiento3 militar favorable. El liberalismo estuvo presente en el reinado de Isabel II en las tres etapas del gobierno: regencia de Mª Cristina, regencia de Espartero y reinado de Isabel II.
Regncia m Cristina (1833-1840)
Da comienzo el régimen liberal y los políticos moderados, muchos de ellos retornados del exilio, fueron afianzándose en la política. Martínez de la Rosa inicia el movimiento constitucionalista del Siglo XIX, redactando un texto preconstitucional, el Estatuto Real de 1834, que recogía el programa del partido moderado, con el monarca controlando en gran medida el poder legislativo4, con una soberanía nacional compartida entre el Rey y las Cortes y un sufragio muy restringido.
Este documento considerado como “carta-otorgada”5, no satisfizo a nadie, lo q obligará a María Cristina a restablecer la Constitución de 1812, que unas Cortes Constituyentes que elaborasen una nueva Constitución. Así se consumó la transición política hacia el sistema liberal. La nueva Constitución de 1837, más que progresista resultó un consenso entre los liberales moderados y progresistas, al lograr el equilibrio entre los principales actores del juego político, es decir, entre la Corona y las Cortes. Los aspectos más destacados con respecto a la Constitución de 1812 fueron:
1-Se mantiene la división de poderes
ejecutivo en la Corona, legislativo en las Cámaras (Congreso y Senado) y judicial en los Tribunales independientes.
2-Se refuerza el poder de la Corona, que se aproxima a la idea de soberanía compartida. La Corona asume un carácter moderador entre el Gobierno y las Cámaras, pudiendo cesar al primero o disolver las Cámaras y convocar nuevas elecciones.
3-Se realiza una amplia declaración de derechos individuales (libertad de opinión, libertad de prensa, libertad de asociación,…). Un elemento progresista derivado de la Constitución del 37 fue la Ley de Ayuntamientos, que democratizaba la elección de cargos: los alcaldes pasaban a ser elegidos por la vecindad, frente al anterior nombramiento real. Estas medidas radicalizaron las posturas y se ofrecíó de nuevo el gobierno a los moderados. Pero la posición de éstos era muy débil ya que se encontraban muy condicionados por la guerra y la creciente deuda económica. Para intentar reforzar el poder real quisieron dar marcha atrás en la Ley de Ayuntamientos, lo que provocó diferentes motines que finalizaron con la dimisión de Mª Cristina y el nombramiento de Espartero como nuevo regente en 1840.
Reg d Espartero (1840-1843):
Las Corte, gracias al apoyo de los progresistas, eligen al general Espartero, vencedor en las guerras carlistas, como regente de la Corona. Pero sus prácticas políticas fueron sumamente autoritarias y con sus decisiones fue quedando progresivamente sin apoyos
:
1-Comenzó exigiendo ser nombrado regente único, en contra incluso de la opinión de los progresistas, que preferían una regencia de tres personas.
2-Aceleró la venta de bienes el clero, aumentando la oposición de los sectores más conservadores.
3-Su política librecambista perjudicó gravemente a la escasa e incipiente industria española, que se temía podía ser arruinada por la entrada de productos extranjeros por su falta de competitividad. Era acusado de venderse a los ingleses. Así pronto crece su oposición hasta el punto de de que en 1841 tuvo lugar un levantamiento militar dirigido por O’Donnell y el partido moderado. No obstante, la revuelta fracasa y O’Donnell marcha al exilio. Así las cosas, en 1843 se inicia otra revuelta militar, encabezada por el general Narváez (otro héroe de la guerra) que hace caer el Gobierno. Espartero huye y se exilia en Londres. Para no nombrar otro regente, las Cortes deciden adelantar la mayoría de edad de la reina a los 13 años e Isabel II sube al poder.