Comentario de texto constitución de 1845

Constitución DE 1845

El presente documento tiene un claro carácter histórico cuyo valor es principalmente legal, puesto que se trata de una Constitución; aunque también tiene unas fuertes referencias políticas: organización de los poderes del Estado, relaciones entre la Monarquía y las Cortes, etc…;  así como religiosas (claramente marcadas en lo referente al mantenimiento del culto católico). El fragmento corresponde a la Constitución de 1845, aprobada siendo jefe de gobierno
Narváez, líder moderado, que fue el hombre fuerte del gobierno de Isabel II hasta 1851 (salvo breves paréntesis de tiempo); siendo de nuevo, entre 1856 y 1858; y entre 1866 y 1868, jefe de gabinete pero ya sin el peso específico de la Década Moderada (1844-1854)

IDEA PRINCIPAL: La Constitución de 1845 supone la instauración de un régimen político basado en los principios del liberalismo doctrinario o moderado: establece un régimen de monarquía liberal de tendencia conservadora, basado en la participación política exclusiva de una oligarquía económica, garantizada por un sufragio censitario muy restringido.


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Ideas secundarias:



El preámbulo recoge la soberanía compartida entre la Corona y la Nacíón, presentando la reforma dela Constitución de 1837 como un acto conjunto de la reina Isabel II y las Cortes.
– El artículo 4 establece la unidad de códigos para todos los territorios de la monarquía, lo que supone la igualdad jurídica de todos los españoles ante los juicios comunes, civiles y criminales, en una clara oposición al fuerismo carlista.
– El artículo 6 recoge las obligaciones de todos los españoles de defender la Patria (servicio militar obligatorio) y de pagar los correspondientes impuestos para sufragar los gastos del Estado (igualdad ante el pago de impuestos).
– El artículo 11 establece un Estado confesional católico, rescatándose la fórmula de la Constitución de Cádiz que había sido suprimida en la Constitución de 1837. Este mismo artículo mantiene el presupuesto de culto y clero, quedando el Estado obligado al mantenimiento del clero católico. De facto, el catolicismo se convierte el religión de Estado……..

CONTEXTO HISTÓRICO: En 1868 es derrocada la reina Isabel II, a finales de 1874 son nuevamente restaurados los Borbones en la persona de Alfonso XII, su hijo, tras el intento, frustrado, de instaurar un régimen democrático. Después de ensayarse varias vías el proceso finalizó con el Golpe de Estado del general Pavía en Enero de 1874. A partir de entonces se aplicó una dictadura militar (sin Cortes ni Constitución) que no podía prolongarse mucho y que facilitó las condiciones para el regreso de los Borbones. Un político, Cánovas del Castillo, venía organizando esa restauración, pero el pronunciamiento militar de Martínez Campos en Sagunto a favor de Alfonso XII adelantó el proceso. A finales de 1874 Cánovas presidía un Ministerioregencia a la espera de la entrada Alfonso XII en España, que lo hizo en los primeros días de Enero de 1875. Como decíamos, el principal artífice de la Restauración fue Cánovas. Su proyecto político, basado en las siguientes ideas, pudo verlo cumplido: el restablecimiento de la monarquía borbónica; la exclusión de los militares de la vida política; el establecimiento de un sistema de turno entre los partidos conservador (liderado por él) y liberal (que se forma después y presidirá Sagasta), que alcanzarían el poder sin ser necesaria la vía del golpe militar; la atribución al monarca del poder para sustituir a un gobierno por otro y de la convocatoria de elecciones, para que el gobierno contara con el apoyo de la cámara. Fuera del sistema canovista quedaban los carlistas, los republicanos, los socialistas y las opciones nacionalistas o regionalistas, que empiezan a organizarse a finales del Siglo XIX. Todos ellos entraron en la mecánica parlamentaria, pero sin posibilidad alguna de triunfo electoral. Todo este proyecto de Cánovas descansaba sobre dos fuertes bases: la Constitución de 1876 y el falseamiento electoral.

Constitución :

Era de corte moderado, estaba basada en el liberalismo doctrinario o conservador y establecía un sistema político caracterizado por su estabilidad, pero oligárquico, pues primaba el orden sobre la libertad (soberanía compartida, restricción de los derechos individuales y sufragio censitario muy restringido). Además suprimíó la Milicia Nacional. Se trata, por tanto, de una constitución partidista de signo moderada.

Consecuencias. Tras la aprobación de la Constitución de 1845 Narváez tuvo que enfrentarse no solo a progresistas y demócratas, sino a rebeliones militares, motines urbanos (1848), una guerra carlista (1846-1849) y a las intrigas palaciegas de la camarilla de la reina y de su propio partido. Tras la caída de Narváez, Juan Bravo Murillo presidíó un gobierno que firmó un concordato con la Santa Sede que resolvíó el problema suscitado por la desamortización de los bienes del clero (1851). Incluso hubo un intento de reforma constitucional en 1852 en sentido autoritario. Tras el fracaso de esta reforma se abríó un periodo de inestabilidad (tres gobiernos moderados) caracterizado por los escándalos de corrupción, sobre todo en el ferrocarril. En este clima político se fue urdiendo la trama de la sublevación de 1854 (“Vivalvarada”), que con el pretexto de la inestabilidad política y de las continuas disputas entre los moderados dio paso al Bienio Progresista, un nuevo periodo en el que los progresistas intentaron terminar con la obra legislativa de los moderados. El carácter partidista de la constitución de 1845 estuvo en la base del enésimo levantamiento violento de la España del XIX. A pesar de todo, estuvo vigente hasta la proclamación de la constitución española de 1869, aunque hubo varios intentos para sustituirla en 1852

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