5.1. Los Reyes Católicos y la uníón dinástica: integración de la Corona de Castilla y de Aragón
El problema sucesorio al trono de Castilla se planteó, en 1464, cuando una liga nobiliaria, esperando obtener mayores concesiones de un monarca débil, exigíó al rey
Enrique IV que nombrase heredero a su hermano Alfonso, en perjuicio de su hija Juana, apodada la Beltraneja, ya que se creía que su verdadero padre era Beltrán de la Cueva, favorito del rey. En 1465, en los alrededores de Ávila, un grupo de grandes depuso en efigie (una estatua de madera) al rey Enrique IV y proclamó rey en su lugar a su hermano el infante Alfonso (la Farsa de Ávila). Al año siguiente murió Alfonso y la nobleza rebelde ofrecíó la corona a su hermana Isabel, que rehúsó aceptarla mientras viviera el rey. Pero, Isabel si se consideraba la legítima heredera, frente a la hija de Enrique IV, Juana la Beltraneja.
Enrique IV cedíó a las presiones y nombró heredera a Isabel en el tratado de los Toros de Guisando (1468), con la condición de que se casara con quien el quisiera (Alfonso V, rey de Portugal). Pero cuando descubríó que Isabel había contraído matrimonio (1469), en secreto, con Fernando, hijo de Juan II de Aragón, la desheredó y nombró de nuevo sucesora a su hija Juana.
Al morir Enrique IV (1474), Isabel se proclamó “reina y propietaria” de Castilla en Segovia. Alfonso V de Portugal invadíó Castilla y reivindicó esta corona para Juana la Beltraneja, con la que estaba comprometido en matrimonio. Comenzando la Guerra Civil por la sucesión. En el bando de Isabel se alineaban los pueblos y ciudades, casi todo el clero, y la mayoría de los grandes linajes nobiliarios. Desde el exterior recibíó la ayuda de su suegro, el rey de Aragón. Juana la Beltraneja contaba con el apoyo de un sector de la nobleza (el marqués de Villena), de algunos miembros del clero (el arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo), y del rey de Portugal, interesado en la uníón con Castilla por vía matrimonial. Se impuso el bando isabelino. En 1479, se firmó el tratado de Alcaçovas con Portugal, que supuso el reconocimiento de Isabel I como reina de Castilla.
Desde que, en 1474, Isabel I se proclama reina de Castilla, su esposo Fernando de Aragón, quedaba reducido a rey consorte. En 1475, Isabel y Fernando, en la Concordia de Segovia, delimitaron las competencias de ambos monarcas respecto del gobierno. Se reiteraba los derechos de Isabel como «reina y propietaria de Castilla», concediendo a Fernando plenos poderes de gobierno equiparables con los de su esposa. Al morir Juan II de Aragón, Fernando será rey de Aragón con el título de Fernando II, uníéndose así las dos Coronas (Castilla y Aragón) por el matrimonio de sus reyes.
Aunque los RRCC decidieron gobernar conjuntamente en todos sus territorios, no se trató de una monarquía unitaria ni centralizada. La uníón de Castilla y Aragón fue dinástica, personal, cada reino conservó sus propias leyes e instituciones. Isabel era por derecho sucesorio reina de Castilla, mientras que Fernando era rey en Castilla como consorte de Isabel, en Aragón la situación era la inversa. Pero por la diferenciada estructura política de ambas Coronas, Fernando II tendrá una gran autoridad en Castilla, similar a la de Isabel, mientras que ésta en Aragón mantendrá un papel secundario con respecto a Fernando. Pero si se dieron ciertos elementos unitarios: la existencia de una sola Corte, lo que implicaba gobernar juntos todos sus reinos y tener una sola política exterior; además existía una institución real con competencias en Castilla y Aragón, la Inquisición.
Castilla, por su mayor tamaño, población y poder económico, era hegemónica dentro de la uníón dinástica. Castilla líderó las fuerzas militares y la política colonial en América, asumiendo el mayor esfuerzo fiscal. En lo referido a la política exterior en el Mediterráneo se impuso la política tradicional antifrancesa de la Corona de Aragón, debida a las rivalidades con Francia por Italia.
NOTA: (Ni Isabel ni Fernando se plantearon la posibilidad de crear una monarquía unitaria y
centralizada. Por el contrario, su concepto patrimonialista de la monarquía, típicamente medieval, a punto estuvo de volver a separar ambas coronas. A la muerte de Isabel en 1504, su testamento dejaba Castilla a su hija Juana, residente en los Países Bajos, casada con Felipe de Habsburgo (Felipe el Hermoso). Esto implicaba que Fernando sería exclusivamente rey de Aragón y debería renunciar al trono de Castilla, aunque previendo dificultades futuras, se nombraba a Fernando gobernador general del reino. Argumentando la inestabilidad mental de su hija Juana, Fernando toma la regencia de Castilla. Lo que provoca el rechazo de Felipe el Hermoso y de un numeroso sector de la nobleza castellana. El rey Fernando II tuvo que irse a Aragón, abandonando Castilla, lo que significó la quiebra del gobierno conjunto de Castilla y Aragón. Pero en 1506, moría Felipe el Hermoso, y Fernando II volvíó a Castilla como regente hasta la mayoría de edad del hijo mayor de Juana (apodada la Loca, por su pérdida de razón), el futuro Carlos I. Esto restablecíó la unidad de gobierno en Castilla y Aragón en una sola Corte, la de Fernando II. Pero no significaba la unidad definitiva entre ambas Coronas. Durante este periodo, podría haberse producido una separación, porque Fernando contrajo segundas nupcias (1505) con Germana de Foix, sobrina del rey de Francia. Si el hijo varón nacido de ambos (Juan) hubiera sobrevivido, habría heredado la Corona de Aragón, que se habría separado nuevamente de Castilla. Pero finalmente ambas coronas recayeron en un mismo heredero: Carlos, nieto de los RRCC e hijo mayor de Juana (la cual no podía ser reina efectiva de Aragón, donde imperaba la Ley Sálica)).
5.2. La organización del Estado bajo los RRCC. Instituciones de gobierno
Los RRCC se propusieron transformar una monarquía de carácter feudal en una monarquía autoritaria, capaz de imponer su voluntad a cualquier grupo social. Los RRCC ejercieron el poder de una manera personalista y tomaron medidas para reforzar la autoridad de la monarquía, como:
-La limitación del poder de la nobleza. La nobleza era el grupo social que podía oponerse a las aspiraciones autoritarias de la Corona. La nobleza, durante la Baja Edad Media, (s-XIV-XV) se había levantado repetidamente contra el poder real, incluso, una parte de la nobleza castellana se opuso a la reina Isabel al comienzo de su reinado. La política de los RRCC respecto a la nobleza fue contundente en ciertos aspectos, pero prudente en otros. Se redujo su poder político, apartándola de los cargos superiores de la administración que fueron ocupados por juristas y letrados. Como contrapartida, se consolidó la riqueza económica y la preeminencia social de la nobleza. Las Cortes de Toledo (1480) acordaron el reintegro a la Corona de las tierras y rentas que la nobleza había usurpado desde 1464; pero, a cambio, la Corona renunciaba a recuperar las ocupadas con anterioridad, que eran muchas más. En las Cortes de Toro (1505) se reguló el mayorazgo, que se convirtió desde entonces en el seguro fundamental de los patrimonios nobiliarios y garantía de su preeminencia social.
-El control de las Órdenes Militares. Se presiónó a la Órdenes Militares para que nombrasen al rey Fernando como su gran maestre cuando el cargo quedase vacante. Con lo que se reforzó el poder real y aumentó considerablemente los bienes controlados por la Corona.
-Se impuso el derecho de presentación o patronato regio. Los RRCC propónían al Papa las personas que ocuparían los cargos eclesiásticos más importantes dentro de la Monarquía Hispánica. Esto permitíó a la Corona disponer de un eficaz instrumento para controlar a la Iglesia española.
-Se inició la creación, aunque en el periodo final del reinado, de un ejército permanente formado por soldados profesionales (mercenarios). En las guerras de Italia, a principios del s-XVI, se utilizaron de manera general contingentes de mercenarios, que serían los precedentes de las unidades básicas del ejército de la Monarquía Hispánica: los futuros tercios.
-Los RRCC establecieron las primeras bases del Estado moderno. Las instituciones de gobierno fueron:
a) Una sola Corte. Los RRCC establecieron una unidad de mando, gobernaron, decidieron conjuntamente sobre todos sus reinos, pero manteniendo éstos sus instituciones y leyes particulares.
b) Los consejos especializados. Al aumentar el poder político de la monarquía, la administración real se fue haciendo más compleja, requería una burocracia numerosa y especializada, formada por juristas y letrados de formación universitaria, que pertenecían en su mayoría a la pequeña nobleza.
El Consejo Real se convirtió en el órgano de gobierno más importante. Era un organismo de técnicos (letrados) que preparan la actuación política en los aspectos internos y externos, aunque las decisiones quedaran reservadas a los reyes.
Ante la mayor complejidad que fueron adquiriendo las tareas de gobierno y las nuevas necesidades de la Monarquía, se crearán los Consejos especializados: el de la Inquisición, el de Órdenes Militares, el de Aragón o el de Hermandad. Los demás asuntos los seguía tratando el Consejo Real,
que estaba por encima de todos los demás y que acabó denominándose Consejo de Castilla, como prueba del predominio de esta Corona sobre el conjunto de la monarquía.
c) La administración de justicia. En Castilla, se establecieron sedes fijas para los tribunales de justicia: dos Chancillerías, tribunales superiores: una en Valladolid y otra en Ciudad Real, y, a partir de 1505, Granada. En la Corona de Aragón, Fernando creó una Audiencia en cada uno de los tres reinos.
d) Las Cortes. Las de la Corona de Aragón fueron pocas veces reunidas por ser instituciones limitadoras del poder real. Pero las Cortes de Castilla, más fáciles de dominar, sirvieron para fortalecer el poder real. Los RRCC promulgaron numerosas leyes ante ellas para darles mayor solemnidad, a pesar de que las Cortes no tenían función legislativa.
e) La Santa Hermandad. Fue un instrumento de carácter policial de pacificación contra la delincuencia y el bandidaje en el medio rural, que se había extendido en Castilla por el desorden de las luchas civiles. La Santa Hermandad, creada en las Cortes de Madrigal en 1476, estaba formada por hermandades locales, dirigidas por una Junta General.
f) El control de los municipios En Castilla, los RRCC continuaron controlando el gobierno de las ciudades mediante el corregidor. Pero quedaron sin corregidor las villas y ciudades sujetas a jurisdicción señorial. NOTA: (Las Cortes de Toledo (1480) acordaron enviar corregidores a todas las grandes villas y ciudades que aún carecían de ellos. Se reglamentó todo lo relativo al cargo de corregidor: requisitos para serlo, funciones, nombramiento, duración, remuneración. Se obligó a los corregidores a someterse a un juicio de residencia al fin de su mandato (para evitar posibles actos de corrupción)). En las ciudades de la Corona de Aragón, se regularizó el sistema de sorteo (insaculación) para los nombramientos de los cargos municipales, evitando las luchas entre los diferentes sectores de las oligarquías urbanas.
g) Los RRCC impusieron la unidad religiosa católica en sus territorios como medio también de fortalecer y consolidar su poder (los judíos en 1492 y los mudéjares en 1502 (sólo los de la Corona de Castilla) fueron obligados a optar entre convertirse al catolicismo o abandonar España). Un instrumento fundamental en este proceso fue la Inquisición o Tribunal del Santo Oficio. Institución creada por el Papado en la Edad Media para combatir las herejías. Con la intención de perseguir a los falsos conversos (judíos convertidos al catolicismo), los RRCC solicitaron al Papa el establecimiento de la Inquisición. Sixto IV, en 1478, autorizaba a los reyes a nombrar inquisidores. Al crear la Inquisición se atendía a los problemas religiosos, pero también a los políticos y sociales. La Inquisición española era un organismo sometido a los reyes, que nombraban a sus cargos, por eso, la Inquisición, que empezó persiguiendo a los falsos conversos (judíos convertidos al cristianismo) en tiempos de los RRCC, se transformó con sus sucesores en un poderoso mecanismo de represión al servicio de la Monarquía contra cualquier tipo de desviación religiosa o moral, pero también contra delitos de carácter político. La Inquisición fue la institución del poder monárquico más centralizada, tenía competencias en todos los territorios de la Monarquía Hispánica
Para referirse al modelo de Monarquía establecido por los RRCC se emplea la denominación de organización y sistema polisinodial. Tanto en lo referido a la existencia de distintos territorios con instituciones, leyes y jurisdicciones diferentes (Coronas de Castilla y Aragón con sus particularidades política; distintos señoríos jurisdiccionales), como en lo que respecta al ejercicio del gobierno basado en un conjunto de consejos que elevaban consultas a los reyes.
5.3. La unidad religiosa
La expulsión de los judíos. La Inquisición sólo podía actuar contra los cristianos, no contra los judíos, a los que al no ser cristianos no es posible acusar de herejía. Mientras duró la guerra granadina los reyes mantuvieron la tradicional protección de la Corona sobre los judíos que apoyaron económicamente a la Monarquía. El 31 de Marzo de 1492, los reyes firmaron el decreto de expulsión de los judíos de todos sus reinos y les dieron un plazo de 4 meses para abandonarlos. El motivo principal de la expulsión era de carácter político, propiciar la consolidación de la Monarquía Católica con la unidad religiosa de todos sus súbditos y territorios. Se han buscado también otras explicaciones, como el deseo de los reyes de satisfacer la hostilidad popular hacia los judíos o la intención de apropiarse de sus bienes.
En principio, a los judíos se les permitíó llevar todos los bienes muebles, pero se le prohibía sacar del reino oro, plata, monedas, caballos y armas, por lo que debieron transformar sus bienes en letras de cambio. Los propios monarcas prohibieron la venta de los bienes comunales de las aljamas, y confiscaron todos los bienes dejados por los judíos.
Los hebreos que salieron de los reinos hispánicos (los judíos sefarditas) tomaron diversas rutas, dirigíéndose unos a Portugal, otros al norte de África y al Mediterráneo oriental. No se sabe el número de los que prefirieron bautizarse para no marchar al exilio. La pérdida de habitantes superaría poco los cien mil. La pérdida en términos cualitativos fue mayor, por tratarse de una población instruida, con gran proporción de artesanos y comerciantes, elementos de una burguésía poco numerosa en Castilla. Los mismos estratos sociales pudieron ser cubiertos por los judeoconversos, y con más eficacia, porque el ser cristianos les abría puertas que permanecían cerradas a los judíos, y no estaban sujetos a medidas vejatorias (porte de señales en los vestidos, ni a la reclusión en las juderías). Pero los conversos, en buenas relaciones con reyes, eran odiados por las clases medias y populares con más intensidad aún que los judíos, odio en el que se mezclaban motivos religiosos y de clase. Además, se generó entre la población una actitud de rechazo hacia las actividades comerciales (mentalidad antiburguesa), ya que se consideraban propias de judíos, por lo que muchos conversos abandonaron dichas profesiones.
La minoría musulmana (mudéjar) también sufríó la homogeneización religiosa. Las capitulaciones que se establecieron al final de la guerra de Granada eran tolerantes con los vencidos: se les facilitaría, a quienes lo desearan, la venta de sus bienes y la emigración a Marruecos con todos sus bienes muebles; a los que optasen por quedarse, se les respetaría su libertad personal, sus costumbres y religión. Granada se convirtió en una nueva archidiócesis, y su primer arzobispo, Hernando de Talavera trató de atraer al cristianismo a la población musulmana por medio de la persuasión y el respeto a su lengua y formas de vida. Pero a partir de 1499, el entonces arzobispo de Toledo, Cisneros, impaciente por los escasos resultados de Talavera, inició con el beneplácito de los reyes un cambio de táctica que violaba las capitulaciones, emprendiendo una política de conversiones forzosas. Muchos mudéjares granadinos fueron colocados en el dilema de bautismo o expulsión; y aunque la mayoría optó por permanecer en Granada, una minoría valiosa por su cultura y relieve social se trasladó al norte de África.
El descontento de la población islámica granadina estalló en la rebelión del barrio granadino del Albaicín (1499-1502) y en la de las Alpujarras (1500). Tras reprimir los levantamientos, se obligó a todos musulmanes de Granada y, también, a los mudéjares de la Corona de Castilla (decretos de 1501 y 1502) a convertirse al cristianismo o a abandonar España. Los mudéjares de la Corona de Aragón fueron obligados a convertirse al cristianismo por un decreto de 1525, durante el reinado de Carlos I. La mayoría aceptó el bautismo, pero sin convicción, y siguió practicando la religión islámica clandestinamente. Los mudéjares se transformaron en moriscos, musulmanes cristianizados.
5.4. Los RRCC: La Conquista del Reino Nazarí y la incorporación del Reino de Navarra
La guerra de Granada supuso la incorporación a Castilla del último reducto musulmán de la Península. La frontera con el reino nazarí era una fuente continua de conflictos y fricciones, a pesar de que sus emires eran vasallos de Castilla. La guerra se prolongó durante diez años (1482-92).
Los RRCC, finalizada la contienda por la Sucesión en Castilla, orientaron el carácter belicista de la nobleza contra el reino de Granada, en una revitalización del espíritu de Reconquista. Junto a la participación de las tropas reunidas de la nobleza y de las Órdenes Militares y de los señoríos eclesiásticos, también desempeñó un papel la Santa Hermandad.
A la victoria de los RRCC contribuyeron las luchas internas en el reino de Granada entre bandos nobiliarios rivales (los Zegríes contra los Abencerrajes), y entre miembros de la familia real: estuvieron enfrentados el emir (Muley Hacén), su hermano (Muhammad, el Zagal) y el hijo de Muley (Boabdil).
Fue una guerra de asedios más que de batallas campales. Al rendirse una plaza se establecía una capitulación respetuosa con los vencidos, salvo en el caso de Málaga, que pagó con el cautiverio de todos sus pobladores su resistencia. La última campaña fue el largo asedio de la ciudad de Granada, durante casi un año. Finalmente, el emir Boabdil negoció en secreto la rendición y unas generosas capitulaciones (respeto de las propiedades y de las prácticas religiosas de los musulmanes), que sólo se cumplieron al principio. El 2 de Enero de 1492, los RRCC entraron en Granada.
La incorporación de Navarra (1512) se produjo años después de la muerte de Isabel (1504). En la conquista de Navarra se mezclan diferentes aspectos: 1) De carácter internacional, rivalidad contra Francia. 2) Conflictos internos en el reino de Navarra entre clanes nobiliarios (agramonteses frenta a beamonteses). 3) Disputas dinásticas, Fernando el Católico se creía con derechos al trono navarro, puesto que su padre Juan II de Aragón había ejercido de rey de Navarra entre 1425 y 1479.
En el contexto del enfrentamiento contra Francia, una posible conspiración de Navarra (donde el rey era de la dinastía francesa de los Albret (Juan III)) y Francia contra Castilla, sirvió a Fernando el Católico de justificación para ocupar militarmente Pamplona en 1512, con un ejército al mando del duque de Alba (que contó con el apoyo de gran parte del clan nobiliario de los beamonteses). En un principio, Fernando anexiónó el reino de Navarra a la Corona de Aragón, aunque en 1515 lo adscribíó a la Corona de Castilla, conservando Navarra sus fueros e instituciones.
5.5. Los RRCC. La integración de las Canarias y la aproximación a Portugal
Con anterioridad a los RRCC, se habían incorporado a Castilla, como señoríos particulares, las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y Hierro. Con los RRCC, se conquistaron las otras islas: Gran Canaria (1480-83), La Palma (1492-93) y Tenerife (1494-96). La conquista no se efectuó por el envío directo de tropas reales, sino por el sistema de capitulaciones. Se establecía un contrato con capitanes, que recibirían una parte de la riqueza conseguida en la conquista de los nuevos territorios en nombre de la monarquía, cuyo papel se reducía a autorizar y controlar la empresa. Estas tres islas, tras su conquista, no se integraron en el régimen señorial, sino que permanecieron como tierras de realengo, bajo el dominio directo y de la jurisdicción de la Corona.
Las islas Canarias fueron adquiriendo una importancia creciente, por su especialización agrícola en el cultivo de la caña de azúcar y por su importancia estratégica como etapa en la ruta hacia América.
Desde el comienzo de la conquista de las Canarias, por parte de los castellanos, la rivalidad con Portugal por el control del Atlántico fue una constante. No obstante, desde el final de la guerra de Sucesión en Castilla, ambas monarquías consiguieron resolver los conflictos relativos a los límites de su expansión mediante sucesivos tratados que evitaron nuevos enfrentamientos:
-Por el tratado de Alcaçovas (1479), Alfonso V de Portugal no sólo reconocíó a Isabel como reina de Castilla sino también los derechos castellanos sobre Canarias y sobre la costa africana situada frente a estas islas; los RRCC, por su parte, renunciaron en favor de Portugal a cualquier otro derecho sobre la costa africana, Madeira, las islas Azores, y las de Cabo Verde.
-Para consolidar la amistad con Portugal y preparar una futura incorporación de este reino a la Monarquía Hispánica, los RRCC llevaron a cabo una política de alianzas matrimoniales con la Monarquía portuguesa.
-Tras el primer viaje de Colón a América (1492) en las bulas Inter caetera (1493), otorgadas por el Papa Alejandro VI, se reconocían los derechos de la Monarquía española sobre todas las tierras descubiertas más allá de una línea trazada de polo a polo a cien leguas al oeste de las islas Azores y de Cabo Verde: la zona situada al oeste de esa línea correspondía a España; la situada al este, a Portugal. En ambos casos, siempre que se tratara de tierras que no estuvieran bajo dominio de un príncipe cristiano. El arbitraje papal no satisfacía a los portugueses, y los RRCC, interesados en mantener buenas relaciones con Portugal, propiciaron un nuevo acuerdo mediante la firma del Tratado de Tordesillas (1494), que desplazaba la línea divisoria entre ambas zonas de expansión a trescientas setenta leguas al oeste de las islas de Cabo Verde; esto permitíó a Portugal ocupar Brasil.
5.6. La proyección exterior bajo los RRCC. Política italiana y norteafricana
Con los RRCC, las buenas relaciones entre Castilla y Francia desaparecieron al ser sustituidas por la tradicional rivalidad aragonesa hacia Francia por el control de Italia. Se iniciaba así lo que sería una constante de la política exterior española hasta finales del s-XVII.
Por las rivalidades con Francia, los RRCC desarrollaron una política de alianzas matrimoniales con potencias europeas enfrentadas por diversas causas con Francia: Borgoña, el Sacro Imperio Romano Germánico (Alemania) e Inglaterra. Los hijos de los RRCC Juan y Juana se casaron respectivamente con Margarita y Felipe de Austria, ambos hijos del matrimonio formado por Maximiliano de Austria (emperador de Alemania) y María de Borgoña (soberana de Flandes y de otros territorios situados al este de Francia). Otra hija de los RRCC, Catalina de Aragón, emparentó con la Casa Real inglesa (fue la primera esposa de Enrique VIII de Inglaterra).
Las guerras de Italia (1495-1503). El principal escenario del enfrentamiento con Francia fue Italia, un mosaico de estados pequeños, sobre los que tanto la Monarquía Hispánica como Francia querían imponer su hegemonía. Las guerras de Italia se desarrollaron en dos fases de breve duración (1495-96 y 1502-03). Los protagonistas fueron, por un lado, los reyes de Francia, Carlos VIII y su sucesor Luís XII; y por otro, Fernando el Católico, cuyas tropas dirigíó el militar Gonzalo Fernández de Córdoba, conocido como el Gran Capitán. El objetivo fundamental de estas guerras era el reino de Nápoles, conquistado anteriormente por Alfonso V de Aragón en 1443, pero separado a su muerte (1458) de la
Corona aragonesa y legado a su hijo ilegítimo Ferrante I. El resultado de las guerras fue la victoria de Fernando el Católico que incorporó el reino de Nápoles a la Corona de Aragón en 1503.
La rivalidad con Francia por Italia continuó durante las primeras décadas del s-XVI, puesto que Francia ambicionaba con anexionarse el Milanesado (Lombardía), regíón del norte de Italia que, con Carlos I, se integraría en la Monarquía Hispánica.
En las guerras en Italia, el ejército estaba formado por mercenarios, ejército profesional, que dependía directamente de la Monarquía que lo financiaba, y se consolidó una nueva formación militar mixta (experimentada en la guerra de Granada) de artillería e infantería dotada de armamento combinado (picas y armas de fuego). Estas unidades son el origen de los tercios.
La ocupación de las plazas en el norte de África. Desde el s-XIII, con Fernando III, los reyes de Castilla tenían en mente la conquista de Marruecos. Tras la toma de Granada, la expansión hacia el Magreb, ocupando plazas en el norte de África, se consideró como la mejor solución para contener la piratería y los ataques de los turcos y berberiscos a las costas españolas. Sin embargo, esta ocupación se limitó a un reducido número de plazas fuertes en la costa: Melilla, Orán, Bugía…