Texto 1. Prohibición de la propaganda revolucionaria
Introducción
El texto de la prohibición de la propaganda revolucionaria es un texto histórico circunstancial
de tipo político. Está escrito por el rey Carlos VI y el conde de Floridablanca en Madrid el 1791.
Está dirigido a la nacíón, a los súbditos españoles; con el propósito de prohibir la propaganda
revolucionaria.
Comentario
Carlos VI (1788-
1808
, hijo y sucesor de Carlos III, intento continuar se política reformista
moderada y autoritaria. No obstante, carecía de personalidad y era mucho menos activo. Su
reinado marcó el inicio de la crisis del antiguo régimen y, por tanto, el fin de la sociedad
estamental y la monarquía absoluta. Al principio, Carlos IV mantuvo el quipo político de su
padre pero pronto se decanto por la figura del valido Manuel Godoy que fue el principal
ejecutor de la política. Sin embargo, a finales del Siglo XVIII, el sistema de validos quedo
anticuado y debilito el poder y la imagen de los gobernantes y los propios reyes.
Iniciado en 1789 el proceso revolucionario influyó en los ilustrados, y por tanto, en la política
española. Floridablanca quiso evitar que llegara a España cualquier periódico o libro
procedente del país vecino e incluso concedíó nuevos poderes a la Inquisición y muchos
ilustrados fueron perseguidos y encarcelados, otros, por el contrario, cansados de la lentitud
de las reformas, se radicalizaron y vieron en Francia un ejemplo que debía imitarse.
la idea principal es la prohibición de propaganda revolucionaria y las ideas secundarias son las medidas establecidas para evitar esta propaganda.
Finalmente, no se pudo evitar y la propaganda llego de diferentes maneras desde Francia.
Texto 2. Primer decreto de las cortes reunidas en la isla de león (Cádiz)
Introduccion
El primer decreto de las cortes reunidas en la isla de león es un texto jurídico. Fue escrito en la
Isla de León (Cádiz)
En el año 1810. Sus autores son los diputados que componen las cortes de
la Isla de León y va dirigido a la nacíón española con el propósito de dar un decreto de
convocatoria de cortes.
Comentario
A lo largo de la guerra se fue gestando un nuevo régimen político promovido por los españoles
que no acataban ni a José Bonaparte ni a las instituciones del Antiguo Régimen que
colaboraban con él. Se produjo una auténtica revolución política, pues surgieron una serie de
instituciones nuevas que decían actuar en nombre del rey, pero cuya única legitimidad
procedía del pueblo español que las creó y apoyó. Entre esas instituciones, las más
importantes fueron las juntas, organismos de ámbito local y provincial compuesto por
ilustrados, militares, clérigos y otras personalidades elegidas por los ciudadanos. La necesidad
de coordinarse política y militarmente obligó a formar las juntas supremas provinciales y más
tarde, la junta suprema centras en Aranjuez (1808). Constaba de 35 miembros, la mayoría de
ellos nobles reformistas; aunque su presidente inicial era el conde de Floridablanca, su figura
más representativa fue Jovellanos. La junta suprema central tuvo que establecerse en Cádiz,
huyendo del ejército francés. A pesar de las discrepancias se adoptó la decisión de convocar
unas cortes para contrarrestar la asamblea convocada de José Bonaparte y el estatuto de
Bayona, cuya primera sesíón se celebró en Cádiz en Septiembre de 1810.
La idea principal es el primer decreto de las Cortes reunidas en la Isla de León (Cádiz), y las ideas secundarias La legitimidad de los diputados reunidos en cortes, el reconocimiento
como último y legitimo rey a Fernando VII de Borbón,
la declaración nula y d ningún valor, la
xcpción d corona hexa a favor de Napoleón a causa d la violencia d akellos actos y
falta d cnsntimiento a la nacíón y la división d podrs en legislativo, ejecutivo y judicial.
Texto 3. Constitución de 1812 introducción:
Es un texto jurídico articulado en Cádiz el 19 de Marzo de 1812, sus autores son los diputados
de las cortes de Cádiz y va dirigido a la nacíón española, su propósito era establecer una nueva
con más libertades.
Comentario:
Sus antecedentes son la convocatoria de cortes que se celebro en Cádiz en Septiembre de
1810, se reunían en una misma asamblea a todos los diputados o representantes llegados de
distintos lugares de España. Los diputados reunidos en las cortes de Cádiz pertenecían a tres
grupos ideológicos: en el ala izquierda, los liberales, partidarios de emprender cambios
radicales y de dotar a las cortes, de toda la soberanía. Fueron los auténticos triunfadores ya
que consiguieron imponer sus criterios. En el centro los Jovellanos, que abogaban por
establecer un compromiso entre la nacíón y el rey a través de unas cortes estamentales. A la
larga su criterio se impondrá en el S.XIX y en las constituciones futuras. Y en el ala derecha, los
absolutistas, enemigos de las reformas y partidarios del sistema tradicional, en el que la
soberanía del rey emanaba de Dios.
Las cortes de Cádiz aprobaron una serie de medidas que desmantelaban gran parte de los
fundamentos políticos, sociales y económicos del antiguo régimen. Entre las reformas
políticas, la mas importantes fue la Constitución (Marzo de 1812), una extensa norma que
reflejaba el programa de los liberales de la época. Constituyo la primera ley fundamental
aprobada por un Parlamento nacional en la historia de España, sus principios básicos se
inspiraban en la Constitución de la Revolución francesa de 1791.
La idea principal es la constitución de 1812, y las ideas scundarias El artículo 1 indica lo que es la nacíón, el artículo 3 menciona a la
soberanía nacional, el art.4 indica la función de la nacíón, el art. 12 nombra la confesionalidad
del estado, el art.15, 16 y 17 cita la división de poderes: el art.15 legislativo, el art.16 ejecutivo
y el art. 17 judicial.
En conlusion, las medidas sociales y económicas fueron las siguientes: la supresión del
régimen señorial, se abolieron los derechos feudales (1811) es decir, la dependencia personal
que los campesinos tenían respecto de sus señores. La propiedad agraria apenas experimento
cambios, ya que siguió en las mismas manos. La nueva desamortización, se aplico en 1813 a las
propiedades de los afrancesados, a las de las órdenes militares disueltas, a las de los
monasterios destruidos por la guerra y a la mitad de las tierras municipales. Estos bienes se
venderían en pública subasta y se admitirían los títulos de deuda pública como medio de pago.
Otras medidas adoptadas fueron la supresión de la inquisición, de las aduanas internas y de los
gremios. Y se mantuvo hasta que llego Fernando VII y la constitución de los persas.
Texto4. Manifiesto de los persas
Introducción
El manifiesto de los persas es un texto histórico circunstancial de tipo político. Fue escrito en
Valencia el 12 de Abril de 1814. Escrito por el general Elio y dirigido a Fernando VII. Su
propósito es que el rey dirige la disposición y decreto de las cortes de Cádiz de 1812.
Comentario
Fernando VII llegó en 1814 procedente de Francia; fue aclamado por varias localidades
españolas como símbolo de paz, normalidad y legitimidad restablecidas después de la guerra.
El monarca recibíó también presiones por parte de altos oficiales del ejército, de la iglesia y
políticos conservadores para anular la Constitución y disolver las cortes. El propio rey dio un
Golpe de Estado el 4 de Mayo de 1814, al promulgar en Valencia un decreto que anulaba todas
las reformas aprobadas en las cortes. Le siguió la detención de los políticos liberales más
importantes y la disolución de las cortes por la fuerza. Numerosos liberales tuvieron que
exiliarse. Finalmente, Fernando VII entró en Madrid aclamado por sus súbditos. El Rey
procedíó a restablecer las instituciones en 1808. Se restauraron los consejos y la Inquisición,
así como la jurisdicción señorial y sus privilegios y se suspendíó la desamortización emprendida
en 1813.
La idea principal es el manifiesto de los persas, y la idea secundaria la explicación figurada de las costumbres de los antiguos persas y las medidas que debe acatar la monarquía para restablecer su poder.
FUENTE Histórica: La guerra de la independencia
1. Mayo-Octubre d 1808
. El ejercito francés fue incapaz de dominar la península ibérica. Zaragoza y Gerona se rebelaron y fueron sitiadas. Las tropas francesas en Andalucía fueron derrotadas en Bailen (jaén, Julio de 1808), por el ejercito español; los soldados de Napoleón en Portugal se rindieron frente a los británicos, en Sintra. Estas derrotas obligaron al ejercito invasor a replegarse hacia el País Vasco.
2. Octubre de 1808-Julio de 1812
. A pesar de la hegemonía militar francesa, existieron focos de insurrección que las tropas de Napoleón no pudieron controlar. El relieve de la península y la resistencia local dificultaron el avance del ejercito francés. Este no pudo tomar lisboa y Cádiz, que se convirtieron en los focos de resistencia. Durante esta etapa se incrementaron las guerrillas.
3.Julio de 1812-1814
En esta fase tuvo lugar una gran ofensiva de los aliados que culmino con la expulsión y derrota de las tropas francesas, que habían disminuido al ser destinados a la campaña de Napoleón en Rusia. Al mando de Wellington, británicos, portugueses y españoles vencieron en la batalla de Arapiles (Salamanca, Julio de 1812) y en vitoria y san marcial en 1813. Tras la firma del tratado de Valençay (Diciembre de 1813), Napoleón reconoció a Fernando VII como rey de España.