TEMA 1: DECRETOS DE LAS CORTES DE CÁDIZ
Nos encontramos ante un fragmento del Decreto I de las Cortes de Cádiz, redactado el 24 de Septiembre de 1810. Se trata de un documento de fuente primaria y carácter público, ya que va dirigido a la Nacíón española. Su naturaleza o contenido político-jurídico, ya que es un Decreto. Este documento está redactado colectivamente por las Cortes de la Nacíón española, donde están representadas diferentes tendencias ideológicas). Entre estos diputados destaca el liberal extremeño Muñoz Torrero.
En cuanto al contexto histórico del texto, diremos que su redacción coincide con la Guerra de la Independencia (1808-181E). En 1807 Manuel Godoy firmó el Tratado de Fontainebleau (1807) Que permitía el libre paso por España de las tropas napoleónicas camino de Portugal. En Mayo de 1808 se producen dos importantes acontecimientos; las abdicaciones de Bayona, tras las cuales el trono español recayó en manos de José Bonaparte (al cual los diputados de Cádiz no reconocen, como queda claro en el texto) y el levantamiento popular del 2 de Mayo en Madrid, que daría inicio a la Guerra. Por otra parte, Napoleón aprovechó las disputas entre Carlos IV y Fernando VII por el control del trono Motín de Aranjuez) para hacerse con el control peninsular. Tras el levantamiento del 2 de Mayo, el país se dividíó entre los partidarios de José I, llamados afrancesados; y los patriotas o partidarios de Fernando VII, absolutistas, lo que dio lugar a un vacío de poder.
El vacío de poder dejado por la marcha del rey, fue cubierto con la creación de Juntas locales y provinciales, y por la Junta Central, que se convierte en depositaria de la Soberanía Nacional. La Junta Central formada por 36 miembros y dirigida por el Conde de Floridablanca se establecíó en Aranjuez, Sevilla y posteriormente en Cádiz, desde donde realizó la convocatoria a Cortes Constituyentes en 1810. Ese mismo año, y debido a la mala situación del país y a las derrotas frente a Napoleón, los absolutistas crearon el Consejo de Regencia, que sustituyó a la Junta y convocará las Cortes Constituyentes en Cádiz.
En cuanto al análisis del texto diremos que la idea principal es la creación de las Cortes
Constituyentes de Cádiz que serán las encargadas de elaborar la primera Constitución española, la Constitución de 1812, de carácter liberal y burguesa.Los miembros de estas Cortes fueron elegidos en todo el territorio del reino. Estos representan diferentes ideologías: la mayoría eran liberales, partidarios de reformas que pusieran fin al Antiguo Régimen y defensores de una constitución. Absolutistas defensores del inmovilismo, y jovellanistas que apostaban por la soberanía compartida entre el rey y la nacíón. Estas diferencias ideológicas se plasmarán en el articulado de la Constitución de 1812. Siguiendo los principios del liberalismo, los diputados de Cádiz asumieron la Soberanía Nacional, ya que son los legítimos representantes del pueblo español y establecen la división de poderes en consonancia con las ideas ilustradas de Montesquieu; es decir; las Cortes tenían el poder legislativo y el Consejo de Regencia detentaba el poder ejecutivo (las Cortes obligaron al Consejo de Regencia a jurar obediencia a la Constitución) mientras que luchaba por mantener la independencia del reino ante la invasión francesa.
En el todo se muestra el rechazo de las Cortes a las abdicaciones de Bayona, a las que considera nulas, y el apovo a la formación de una monarquía parlamentaria representada en la persona de Fernando VI, así como la defensa de la religión católica). En el texto Se recoge, cómo el Consejo de Regencia debe reconocer, además de lo dicho ya, la religión católica, como única en el reino.
La obra más importante de las Cortes de Cádiz fue precisamente la redacción de la Constitución de 1812, que entró en vigor el 19 de Marzo de 1812. Esta Constitución) reconocíó:
La soberanía nacional
La separación de poderes
La limitación del poder del rey con una monarquía parlamentaria
El sufragio universal masculino
Una amplia gama de libertades y derechos Junto a la Constitución se redactaron un conjunto de decretos que abolieron el Antiguo Régimen; por ejemplo la supresión del régimen señorial, la desamortización de tierras de realengo, concejiles y eclesiásticas con el fin de sanear la Hacienda, la abolición de los privilegios de la Mesta y la Abolición de la Santa Inquisición.
Estas medidas, así como la propia Constitución, fueron duramente rechazadas por parte de la nobleza y clero y, al terminar la guerra, por el propio Fernando VII, que, mediante el Decreto de 4 de Mayo de 1814, las anulará.
A modo de conclusión diremos que la Constitución de 1812, liberal y burguesa, fue la base para la formación del liberalismo español, e influyó en constituciones posteriores. Su periodo de vigencia fue intermitente: de 1812 a 1814 durante el trienio liberal (1820 a 1823), y durante el gobierno de Mendizábal (1836 y 1837) dentro de la Regencia de María Cristina de Borbón.
TEMA 2:MANIFIETO RAFAEL DEL RIEGO
1-Contexto y clasificación
Nos encontramos ante un fragmento del manifiesto del coronel Rafael del Riego, militar y político español del Siglo XIX. Participó en la Guerra de la Independencia luchando contra los franceses. A la vuelta de Fernando VIl en 1814, debido a sus convicciones liberales conspiró contra el régimen absolutista. En Enero de 1820 líderó un pronunciamiento liberal en la localidad de Cabezas de San Juan (Sevilla) que tuvo éxito y con el que se inició el periodo de tiempo denominado Trienio Liberal (1820-1823). Posteriormente con la intervención de los «Cien Mil Hijos de San Luis» fue hecho prisionero y, poco después, ejecutado en 1823. La fuente es primaria y de carácter público, ya que es un discurso destinado al pueblo español. La temática es política.
2 Ideas principales
Riego expone su favor hacia la Constitución de 1812. Denomina hermanos a los americanos que luchan por su independencia, seguramente por los ideales liberales que les unía. Además, piensa que con un régimen liberal y el restablecimiento de la Constitución se encontraría solución a este conflicto. A la par que critica la guerra al considerarla como una pérdida inútiles de vida. En el segundo párrafo, critica el absolutismo de Fernando VII y el carácter despótico de su gobierno. Piensa que el poder de este monarca lo ha conseguido gracias a la lucha que libraron muchos españoles por él contra los franceses durante la Guerra de la Independencia. Asimismo, sostiene que al ser la Constitución de 1812 fruto de los representantes de la nacíón española y encarnación de su soberanía («nacíón moderna»), Fernando VII estaba obligado a jurarla y a ponerla de nuevo en vigor. En definitiva, podemos decir que la idea principal del texto es la defensa del liberalismo y la aprobación de la Constitución de 1812.
3 En cuanto al contexto histórico;
Cabe destacar que el reinado de Fernando VII estuvo marcado por su personalidad despótica, y por el enfrentamiento entre los partidarios del absolutismo y del liberalismo.
Tradicionalmente, dentro de su reinado se distinguen tres etapas:
El Sexenio Absolutista (1814-1820)
Tras la firma del tratado de Valençay, se restablece el absolutismo. En este tratado se reconocíó la derrota francesa tras la Guerra de la Independencia y el retorno de Fernando VII. Las Cortes españolas quisieron que el rey jurase la Constitución, pero un grupo de absolutistas, entre quienes se encontraba el general Elio, aguardaban su llegada para entregarle el documento «Manifiesto de los Persas», donde un grupos de absolutistas imploraban la vuelta al orden y el fin del liberalismo. Es por ello, que Fernando VII dicta el Decreto de 4 de Mayo de 1814, que algunos historiadores califican de Golpe de Estado, este Decreto puso fin a la Constitución del doce y dio comienzo a seis años de absolutismo. Los años venideros estuvieron marcados por la inestabilidad política, se persiguieron y condenaron a los llamados liberales Muchos de ellos conspiraron contra el monarca con pronunciamientos militares, entre los que destacan el pronunciamiento de Espoz y Mina (1814), Díaz Porlier (1815) y Milans del Bosch (1817). El único triunfante fue el del coronel Rafael del Riego en 1823.
El Trienio Liberal (1820-1823).:
Tras el pronunciamiento liderado por el militar liberal Riego en las Cabezas de San Juan (1820), se instaura un régimen liberal, dando comienzo al Trienio Liberal (1820- 1823). Tras este hecho, Fernando VII se vio obligado a ser un monarca constitucional y juró la Constitución de 1812. De nuevo se reinstauran las Cortes, la Constitución y la labor legisladora de las Cortes de Cádiz. Por otro lado, vuelven los liberales exiliados. Durante este trienio comenzaron a perfilarse dos tendencias dentro del liberalismo; los doceañistas o moderados, que pretendían restaurar el espíritu de Cádiz y los veinteañistas o exaltados, precedente de los liberales progresistas. El final del trienio liberal vino dado por la entrada del ejército denominado «los cien mil hijos de san Luis», un ejército procedente de Francia capitaneado por el duque de Angulema, y brazo armado de la Santa Alianza.
La Década Ominosa (1823-1833):
En esta última etapa del reinado Fernando VII vuelve a gobernar como rey absolutista y emprende, de nuevo, una persecución contra los liberales Se restablece el absolutismo bajo el grito de «Vivan las Cadenas». Los liberales vuelven a huir al exilio y a organizar pronunciamientos fallidos (como el del militar y político liberal Torrijos en 1831, fusilado en Málaga). Por otro lado, hay que resaltar la figura de Mariana Pineda. Esta etapa finaliza con la muerte de Fernando VII en 1833. Tres años antes había nacido su única hija, Isabel. Fernando VI muere dejando a su mujer como regente hasta la mayoría de edad de Isabel II, deja una España empobrecida, dividida entre liberales y absolutistas; y una España oscurecida por el estallido de la Primera Guerra Carlista (1833). Aparecen dos bandos, por un lado los defensores de los derechos de Carlos M.ª Isidro, el hermano de Fernando VII (los carlistas), de tendencia absolutista y, por otro, los partidarios de Isabel II, la hija de Fernando VIl, en el que se van a alinear los liberales (los isabelinos).
Esta división produjo en España una Guerra Civil, la Primera Guerra Carlista (1833 – 1840). Mientras tanto comenzaba la regencia de M° Cristina por la minoría de edad de Isabel l.
4 Conclusión/valoración
En cuanto la figura de Fernando VIl, su reinado ha sido muy criticado por anteponer sus propias ambiciones a los intereses del reino. Fue el último rey absolutista que tuvo España. Entre sus actuaciones controvertidas destacaron: el Motín de Aranjuez (1808) y su papel durante la Guerra de la Independencia (exilio dorado en Francia). A esto se le sumó el proceso de independencia de las colonias españolas de América (1808-1825), asimismo, durante su reinado España pasó a ser una potencia de segunda fila (perdíó las colonias americanas) En definitiva, quien, en principio fue «El Deseado» ha pasado a la Historia como «el Rey Felón». De su figura han quedado buenas muestras en la literatura española como el magnífico retrato escrito que nos ha dejado Galdós en su novela «La Fontana de Oro».