Se denomina Restauración al período de la Historia de España (1876-1931) en que se produjo la reposición en el trono de la dinastía borbónica en la persona del hijo de Isabel II, Alfonso XII, tras el Sexenio Democrático y la experiencia de la dinastía Saboya y la Primera República.
En este tiempo estuvo en vigor la Constitución de 1876, salvo durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1929), y se caracterizó fundamentalmente por la consolidación en España del liberalismo y sus instituciones, bajo la hegemonía de la burguesía conservadora.
El Retorno de la Dinastía Borbónica
El 1 de diciembre el príncipe Alfonso dirigió desde la academia militar de Sandhurst (en Inglaterra) un manifiesto a la nación, Manifiesto de Sandhurst, redactado por Cánovas, que proponía el restablecimiento de la monarquía tradicional y aceptaba los principios del liberalismo parlamentario imperante en Europa.
Aunque Cánovas del Castillo, líder indiscutible de esta opción, no era partidario de nuevos pronunciamientos, a finales de 1874 el general Martínez Campos proclamó en Sagunto a Alfonso XII como rey de España, y obtuvo la adhesión de la mayor parte del ejército. Así comenzó la Restauración.
El Régimen Político
Las líneas generales del sistema se contienen en la Constitución de 1876, fiel reflejo del pensamiento de Antonio Cánovas del Castillo. El proyecto de constitución canovista que comenzó a elaborarse en 1875 fue planteado de manera flexible como para que diera cabida a los distintos programas liberales. Los principios políticos de Cánovas se resumían en lo que denominaba la constitución interna del país, es decir, las instituciones tradicionales que debían quedar a salvo de discusión: La Corona y las Cortes. Por otra parte, admirador del parlamentarismo inglés, por su estabilidad, Cánovas pretendía establecer un sistema bipartidista, en el que dos partidos «de notables» se turnasen en el ejercicio del poder, mediante elecciones restringidas a los propietarios y contribuyentes.
Se elaboró una Constitución de carácter moderado, que establecía el bipartidismo como sistema de relevo en el Gobierno, no reconocía la soberanía nacional de modo suficiente y sí los derechos tradicionales de la Iglesia. Los artículos de esta fueron aprobados en breve tiempo y con pocos debates. Fue promulgada en junio de 1876 y establecía: la «soberanía compartida», la del Rey y las Cortes, como representantes de los principios de autoridad y libertad, y una práctica política que debía efectuarse sobre la existencia de unos partidos oficiales que aceptaran los reglamentos de la legalidad constitucional. Eran unos «partidos de notables», puesto que la Ley Electoral de 1878 restableció el sufragio censitario que dejaba la participación ciudadana reducida a no más de un 5% de la población.
La Constitución establecía el centralismo político-administrativo como fórmula de organización del Estado, aboliendo los fueros de las provincias vascas por una ley de julio de 1876, que revalidaba la igualdad fiscal y de prestación del servicio militar de todos los ciudadanos españoles. La Constitución también establecía la unidad de códigos y la igualdad jurídica de todos los ciudadanos. Solo hay un reconocimiento vago de ciertas libertades políticas (expresión, asociación, etc.) que fue reducido en la práctica por leyes restrictivas.
Otro aspecto de la centralización fue la reorganización de las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos.
En resumen, la Constitución canonista estableció un modelo moderado, censitario, lleno de limitaciones a los derechos políticos de los ciudadanos, conforme a los intereses de la oligarquía conservadora y basado en el turnismo entre dos grandes partidos de notables.
Con arreglo a estos principios, Cánovas, jefe del partido liberal conservador, precisaba, como elemento de contraste un partido que se identificara con la izquierda dinástica. El nuevo partido liberal-fusionista de Práxedes Mateo Sagasta apareció como contrincante del liberal-conservador de Cánovas. Sus diferencias fundamentales se establecen a partir de los límites establecidos en asuntos como la participación, los derechos individuales (libertad de expresión y asociacionismo) y relación con la Iglesia.
Sin embargo, el régimen de la Restauración se basaba en el falseamiento electoral independientemente del sufragio. Los candidatos, designados desde el Ministerio de la Gobernación -encasillados- salían elegidos como diputados por el distrito correspondiente, gracias al control social que ejercían los hombres influyentes -caciques- del partido en esa zona.
Los Fundamentos Sociales
El régimen canovista se basaba fundamentalmente en el apoyo de las clases y grupos más conservadores de la sociedad: la burguesía, en la que predominaban los latifundistas, la burguesía harinera castellana, la burguesía industrial catalana, y sectores de la gran burguesía industrial y financiera vasca.
En otras palabras, se ha afirmado que la política económica y social de la Restauración era dictada por el «triángulo» formado por cerealistas castellanos, ferreteros vascos y empresarios del textil catalanes. Por otra parte, también se ha hablado de una «España dual», en la que las zonas industriales convivían con otro país muy atrasado, con un analfabetismo superior al 75% de la población, y modos de vida y niveles de renta casi en la miseria permanente.
En esas condiciones sociales, la Restauración se apoya en una sociedad organizada en torno a los «caciques», hombres ricos e influyentes que controlan la vida social en la mayor parte del país.
La Evolución del Régimen
A la muerte de Alfonso XII en 1885, los dos grandes partidos dinásticos llegaron a un acuerdo -Pacto del Pardo-, en presencia de la reina, que garantizaba su alternancia en el poder. Comenzó así el período de la regencia de María Cristina de Habsburgo que duraría hasta 1902, fecha en que subió al trono el hijo póstumo de Alfonso XII. A lo largo de estos años, canovistas y sagastinos, conservadores y liberales se turnaron pacíficamente en el gobierno.
Bajo los gobiernos de Sagasta se aprobaron diversas leyes que produjeron una cierta democratización del régimen: libertad de reunión y expresión 1881, Ley de Prensa de 1883, libertad sindical 1887 y, la más importante, la Ley de Sufragio Universal (1890) que acababa con el sufragio censitario. El sufragio universal significaba, entonces, el derecho a voto únicamente de los varones, ya que a las mujeres no se les reconocía entidad como ciudadanas autónomas y sujetos de derechos.
Descomposición del sistema canovista
El sistema político canovista subsistiría hasta 1931. La Constitución de 1876 funcionó con «normalidad» posibilitando la alternancia de partidos en el Gobierno hasta finales del siglo XIX. En el siglo XX, el sistema entró en crisis por el surgimiento y desarrollo de fuerzas y movimientos sociales que no tenían posibilidad de expresarse en el marco del sistema.
Los principales factores de descomposición del sistema fueron:
- Los nacionalismos periféricos: el nacionalismo catalán, desde las Bases de Manresa de 1892, exige autonomía política frente a Madrid y presenta sus listas electorales en la Lliga Regionalista. En el País Vasco, Sabino Arana, formuló las bases ideológicas del nacionalismo vasco que dieron lugar a la fundación del Partido Nacionalista Vasco. También en Galicia y, poco más tarde, en Andalucía surgen movimientos autonomistas. En esta última, Blas Infante, está considerado como el padre de la patria andaluza. Fue el principal impulsor del anteproyecto del Estatuto de Andalucía.
- Los movimientos obreros: La Restauración, a pesar de algunas iniciativas estatales como la Comisión de Reformas Sociales (1883) se caracterizó por la despreocupación respecto a las cuestiones sociales. Desde la fundación de la I Internacional (AIT) nuevas fuerzas políticas se hicieron cargo de la situación. En España, el PSOE y la UGT expresan el movimiento de raíz marxista. Por otra parte, el anarcosindicalismo acabará organizándose en 1911 en la CNT.
La principal manifestación de la madurez de las organizaciones obreras fue la huelga de 1890, exigiendo las ocho horas y celebrando, por primera vez, la fiesta del trabajo el 1 de mayo.
- La crisis colonial: tras el «desastre» del 98, el Ejército sufre serias convulsiones internas y un gran desprestigio. En este contexto tuvo lugar la llamada crisis del Cu-Cut, semanario humorístico catalán cuya sede, junto con la de La Veu de Catalunya, fueron asaltadas por militares, por haber publicado viñetas irónicas sobre el Ejército.
A raíz de ese malestar, el Gobierno aprobó la llamada Ley de Jurisdicciones en 1906, por la cual podían ser juzgados por tribunales militares los delitos que afectasen al honor del Ejército. Este hecho constituyó una grave quiebra de un principio básico de las sociedades democráticas: la unidad jurisdiccional y minaba un pilar fundamental de la Restauración, la primacía del poder civil sobre el militar. Por otra parte, la guerra de Marruecos, sobre todo a partir de la Conferencia de Algeciras en 1906, en la que Francia y España se repartieron zonas de influencia en ese país, motivó fuertes movimientos de protesta entre la población.
- La inestabilidad política. Tras la desaparición de Cánovas y Sagasta, los nuevos líderes conservadores y liberales no lograban formar mayorías estables en el Parlamento, y fueron frecuentes los gobiernos de concentración.
Todos estos factores unidos a la carestía y el envío forzado de soldados a la guerra colonial de Marruecos. Abrieron paso a la agonía del régimen y, lentamente, a la caída de la monarquía en 1931.