Clasificación
Tipo de fuente y texto: Texto político-jurídico, fuente primaria (documento público).
Autor: Colectivo. Grupo de juristas y políticos del Parlamento, constituidos en comisión, redactaron el texto constitucional, que fue aprobado por el pleno.
Ideología: Representa las ideas liberales, mayoritarias en las Cortes.
Destinatario: Colectivo, la nación española.
Contexto histórico: Guerra de la Independencia (1808-1814).
Análisis
Los artículos analizados expresan principios fundamentales del liberalismo español:
- Nación: Definida como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios (Art. 1 y 2), obligados a amar a la patria (Art. 6).
- Soberanía Nacional: Otorga a la sociedad civil el derecho de elaborar las leyes (Art. 3).
- Derechos Individuales: Libertad civil, propiedad y otros derechos básicos protegidos por las leyes (Art. 4).
- Religión: Reconoce solo la religión católica, apostólica, romana, prohibiendo cualquier otra (Art. 12).
- Separación de Poderes:
- Legislativo: Reside en las Cortes, representantes de la soberanía nacional (Art. 15).
- Ejecutivo: Reside en el gobierno, formado por siete secretarios de despacho y dirigido por el Rey (Art. 16), cuyo poder está limitado (Art. 172).
- Judicial: Monopolio del Estado en la aplicación de las leyes a través de los tribunales. Se mantienen fueros especiales para eclesiásticos y militares. Se unifican los códigos civil, penal y comercial (Art. 17).
Contexto Histórico
La Constitución de 1812 se enmarca en la Guerra de la Independencia (1808-1814). Entre mayo y agosto de 1808 se formaron en España trece juntas nacionales de defensa. En septiembre, algunos representantes crearon la Junta Suprema Central, regencia hasta el regreso de Fernando VII. La Junta, liderada por el Conde de Floridablanca, coordinó la guerra contra los franceses y la elaboración de una constitución.
En 1810 se convocaron las Cortes. Acudieron españoles mayores de 25 años, excluyendo reos, criados y quebrados. Se designaron 26 diputados americanos residentes en España y suplentes de territorios controlados por franceses. Se distinguían tres tendencias políticas: ilustrados, absolutistas y liberales.
Los liberales e ilustrados buscaban que las Cortes fueran la principal institución del reino. Los absolutistas querían que solo aprobaran la contribución para la guerra. Gaspar Melchor de Jovellanos coordinó las comisiones que redactaron la Constitución.
El 19 de marzo de 1812 se aprobó la Constitución, con 384 artículos que regulaban la vida política y los derechos ciudadanos. Proclamaba la soberanía nacional, la monarquía constitucional, el sufragio universal masculino indirecto (para propietarios), un estado centralizado, fiscalidad común, milicia nacional, educación primaria y un estado confesional católico.