Constitución Española de 1812: Orígenes y Principios Fundamentales

Contexto Histórico de la Constitución de 1812

El texto analizado es un fragmento de la Constitución de 1812. La comisión encargada de elaborar el proyecto de constitución se creó el 23 de diciembre de 1810. Finalmente, el 19 de marzo de 1812 se promulgó la nueva constitución, conocida popularmente como «La Pepa» por coincidir con la festividad de San José. Como se expresa en el primer párrafo del texto, la constitución fue llevada a cabo por las Cortes, quienes decretaron y sancionaron una constitución monárquica y católica.

Principios Fundamentales de la Constitución de 1812

Los principios fundamentales de la Constitución de 1812 fueron los siguientes:

  • Afirmación de la soberanía nacional: Como se indica en el texto, en el artículo 1 se establece que «la Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios». El artículo 2, por su parte, define a la nación española como «libre e independiente».
  • Reconocimiento de los derechos y libertades: Se proclama la igualdad ante la ley.
  • Religión: En el Título Primero, Capítulo Segundo, artículo 12, se establece que «la religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera».
  • Forma de gobierno: Como se indica en el texto, desde los artículos 13 al 17, el gobierno tiene como objeto la felicidad de los españoles y se define como una monarquía moderada y hereditaria.
  • División de poderes: En estos mismos artículos se reconoce la división de poderes:
    • El poder legislativo correspondía a las Cortes de cámara única.
    • El poder ejecutivo quedaba en manos del rey y del gobierno por él designado.
    • El poder judicial era independiente.
  • Situación del rey: En el Título IV, se aborda la figura del rey, como se refleja en el texto en los artículos 168 a 172. Se establece una monarquía moderada en la que el rey promulgaba las leyes, pero no estaba sujeto a responsabilidad. El rey tenía una serie de restricciones, como se muestra en el último párrafo, en el artículo 172 de este fragmento.
  • Creación de la Milicia Nacional: Un cuerpo de civiles armados para la defensa del sistema constitucional.
  • Libertad económica: Se promovió la supresión de gremios y señoríos, la libertad de industria y contratación, la libertad de cercado de tierras (para acabar con el predominio ganadero) y la desamortización de las propiedades de «manos muertas».

Antecedentes: Las Cortes Generales y Extraordinarias de 1810

Las Cortes se reunieron en Cádiz por ser una ciudad de más fácil defensa y, además, libre de la ocupación francesa. Entre los diputados existían varias sensibilidades:

  • Un grupo pretendía mantener el sistema político absolutista sin modificaciones.
  • Otro grupo abogaba por un régimen intermedio entre el absolutismo y el modelo internacional basado en la soberanía nacional.
  • Los liberales proponían una cámara única que asumiera la soberanía nacional y elaborara una constitución que recogiera las novedades aportadas por la Revolución Francesa. Esta última postura triunfó en Cádiz, una de las ciudades más abiertas y avanzadas de España.

Composición Social de las Cortes de Cádiz

La composición social de los diputados que actuaron en Cádiz reflejaba la compleja situación de la sociedad de la época. Predominaba el clero, junto a juristas y funcionarios. No obstante, es importante destacar que ni la burguesía llevó a cabo la revolución liberal, ni el clero y la nobleza estaban en su totalidad del lado absolutista. Una parte destacada de las reformas fueron inspiradas por clérigos de adscripción liberal. Los funcionarios vieron en las Cortes la oportunidad para reformar la desacreditada monarquía, y los militares tuvieron un papel relevante que se mantuvo durante gran parte del siglo XIX.

Facciones en las Cortes

Pronto aparecieron en los debates dos grandes facciones o «partidos»: los «serviles» o absolutistas y los liberales. Expulsados los franceses, las nuevas Cortes ordinarias se trasladaron en enero de 1814 a Madrid.

Labor Legislativa y Legado de las Cortes de Cádiz

La labor legislativa de las Cortes fue muy importante y rompió con los principios del Antiguo Régimen. El primer decreto de las Cortes estableció que la soberanía residía en la nación y que las Cortes asumían esa representación. Asimismo, se proclamó la igualdad ante la ley, lo que suponía el fin de la sociedad estamental basada en la desigualdad jurídica. Se planteó un conjunto de reformas, entre las que destacan:

  • Libertad de imprenta.
  • Abolición de la tortura.
  • Supresión del Tribunal de la Inquisición.
  • Desamortización de bienes del clero.
  • Nueva división provincial.
  • Libertad de comercio e industria.

La Constitución apenas pudo aplicarse, pues el contexto de guerra dificultaba su puesta en práctica, y la restauración absolutista de 1814 la abolió.

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