El Proceso de Revolución Liberal en España (1833-1843)

El Proceso de Revolución Liberal en España (1833-1843)

Frente al absolutismo y el tradicionalismo de los carlistas, el bando isabelino solo podía crearse una base social sólida atrayendo a los liberales a su causa. Así, entre 1833 y 1843 se producirá el desmantelamiento del Antiguo Régimen y se configurará el llamado Estado Liberal. Se va a crear una nueva estructura política: Régimen Constitucional y Representativo. También una nueva estructura social, basada en la igualdad ante la ley y el nacimiento de la sociedad de clases, y una nueva estructura económica definida por la economía de mercado. Otro riesgo que caracterizará esta época será el intervencionismo militar, las camarillas palatinas y la adulteración electoral mediante caciques.

1. Los Primeros Gobiernos (Moderados) de Transición

Al morir el Rey Fernando VII, será su esposa María Cristina quien asuma la regencia en nombre de su hija Isabel II entre 1833 y 1840. María Cristina se verá obligada a buscar la alianza con los liberales. El testamento de Fernando VII establecía la creación de un Consejo de Gobierno para asesorar a la regente. Este consejo estuvo presidido por Cea Bermúdez y compuesto principalmente por absolutistas moderados que pretendían llegar a un acuerdo con los carlistas. Este nuevo gobierno proponía unas reformas muy tímidas que apenas modificaban nada. Podemos calificar este periodo como reformismo desde arriba, pues la acción de, primero de Cea Bermúdez y luego de Martínez de la Rosa, estuvo guiada desde palacio. Prácticamente la única reforma emprendida por Cea Bermúdez fue la división provincial de Javier de Burgos, por la que en 1833 España quedó dividida en 49 provincias. Esto se hizo para poner fin a la administración local del Antiguo Régimen, que no era uniforme y que producía muchas veces el solapamiento de instituciones.

El inmovilismo de Cea Bermúdez y la expansión de los carlistas llevó a que muchos militares y asesores convencieran a la regente de la necesidad de nombrar un nuevo gobierno que lograse la adhesión de los liberales. Se nombra entonces como presidente a Martínez de la Rosa, un liberal moderado, que realiza las primeras reformas limitadas y cuya principal propuesta fue la promulgación del Estatuto Real.

El Estatuto Real no era una Constitución, tampoco una carta otorgada, solo era un conjunto de reglas para convocar unas Cortes. Instituía la creación de dos cámaras:

  • La Cámara Alta o de Próceres: En ella estarían los grandes de España, religiosos y notables, todos por designación real.
  • La Cámara Baja o de Procuradores: Se exigía un sufragio indirecto y censitario. Era necesaria una renta de 12.000 reales. Indirecto porque de esos 16.000 electores, votaban a 950, que en segunda instancia serían los encargados de escoger a los representantes.

Este Estatuto Real también recogía que la potestad para convocar y disolver las Cortes era del rey, y la función de esas Cortes sería votar los impuestos y discutir las propuestas que hiciera el rey.

El Estatuto Real no satisfizo ni a liberales ni a absolutistas, y entonces se produce la división entre los liberales. Tendremos a:

  • Los moderados: Más conservadores, partidarios de fortalecer al rey mediante la soberanía compartida. Partidarios también de restringir las libertades, defensores de los propietarios. El máximo exponente doctrinal será la Constitución de 1845.
  • Los progresistas o exaltados: Estos defendían los principios liberales plenos, la soberanía nacional y daban entrada en la política a un mayor número de ciudadanos.

1.2. Los Progresistas en el Poder

Juan Álvarez Mendizábal llega al poder tras la destitución del Conde de Toreno. Reclamaba la reunión de las Cortes, la libertad de prensa, una nueva ley electoral, que desapareciera el clero regular, la reorganización de la milicia nacional y que se reuniera una leva de 200.000 hombres para frenar a los carlistas. Mendizábal era progresista y quería recuperar la Constitución de 1812, lo que lograron en 1836. Restablece las leyes de las Cortes de Cádiz y del Trienio Liberal, sobre todo legislaciones referidas a la libertad de industria y de comercio, abolición del régimen señorial y la implantación de ayuntamientos y diputaciones. Tomó medidas para lograr recursos financieros, necesarios para frenar a los carlistas; sin embargo, cuando decretó la desamortización, los privilegiados presionaron a María Cristina para que lo destituyese.

Tras ser destituido Mendizábal, lo sustituye Istúriz. Esto provocó una oleada de revueltas cuya máxima expresión fue el motín de los Sargentos de la Granja, protagonizado por un grupo de suboficiales que exigían el restablecimiento de la Constitución de 1812. La reina entregó entonces el poder a Calatrava, y se procedió al desmantelamiento del Antiguo Régimen.

1.2.1. La Constitución de 1837

En julio de 1837 se publicaba esta constitución, a medio camino entre la de 1812 y el Estatuto Real. Características:

  • Soberanía Compartida: El Rey tenía derecho a veto.
  • Se establecen dos Cámaras: Congreso de los Diputados y Senado.
  • Sufragio censitario muy restrictivo (apenas el 2% podía votar).
  • Apuntaba algunos derechos individuales como la libertad de expresión.
  • División de poderes poco estricta.

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