El Reinado de Isabel II (1833-1868): Características Políticas

Rasgos Políticos Invariables

A pesar de los numerosos cambios de gobierno y constituciones, el reinado de Isabel II mantuvo ciertos rasgos constantes durante 25 años:

  • Monarquía liberal de tendencia conservadora: Plasmada en la Constitución moderada de 1845, vigente durante casi todo el periodo. Esta constitución establecía un régimen basado en la participación política exclusiva de una oligarquía de propietarios (sufragio censitario), altos mandos del ejército y funcionarios de alto nivel. Este sufragio restringido excluía a la mayor parte del país.
  • Gobiernos autoritarios: Defensores del orden y de una monarquía fuerte, con un sistema bicameral que limitaba las reformas profundas y restringía las libertades individuales y colectivas.
  • Apoyo de la reina a los sectores más conservadores: Este alineamiento provocó el alejamiento progresivo del pueblo y la caída de la monarquía en 1868.
  • Presencia permanente de militares en el gobierno (pretorianismo): Figuras como Narváez, Espartero y O’Donnell ilustran esta tendencia. La participación militar en la política se debía a la debilidad del sistema parlamentario, donde se recurría a los pronunciamientos en lugar de la alternancia en las urnas, y a la creencia de que un militar garantizaba un gobierno fuerte y el orden.
  • Presencia exclusiva de partidos burgueses en el parlamento: Hasta 1854, moderados y progresistas, y posteriormente, la Unión Liberal y el partido demócrata. Los republicanos permanecieron al margen de la vida parlamentaria.

Las Constituciones

Las constituciones se adaptaban a la ideología del partido en el poder. Además del Estatuto Real de 1834, se promulgaron las siguientes:

  • 1837 (progresista)
  • 1845 (moderada)
  • 1854 (progresista)
  • 1856 (moderada)

Rasgos generales de las Constituciones moderadas:

  • Sufragio muy restringido
  • Soberanía compartida (Cortes y Rey)
  • Monarquía con amplios poderes
  • Cortes bicamerales con Senado elegido por la Corona
  • Administración local controlada por el Rey
  • Derechos individuales recortados
  • Estado confesional sin libertad de culto
  • Guardia Civil (desde 1844)

Características de las Constituciones progresistas:

  • Sufragio más amplio
  • Soberanía nacional (aunque en realidad compartida)
  • Menos poderes para la Corona
  • Cortes bicamerales con Senado elegido por sufragio
  • Derechos individuales más amplios
  • Libertad de culto
  • Ayuntamientos elegidos por sufragio
  • Milicia Nacional

Carácter Centralista del Estado

El moderantismo fue centralizador. La división provincial de 1833, realizada por Javier de Burgos, dividió el país en 49 provincias, agrupadas en «regiones históricas», siguiendo el modelo de los departamentos franceses. Un jefe político (futuro gobernador civil) designado por el gobierno encabezaba cada provincia. En 1834, las provincias se dividieron en partidos judiciales para la administración de justicia, que luego serían la base para los distritos electorales y la contribución.

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