El Sexenio Revolucionario (1868-1874): Crisis de la Monarquía y Experimentación Democrática en España
El sexenio revolucionario es el periodo comprendido entre el destronamiento de la reina Isabel II, en 1868, y la Restauración de la monarquía borbónica, al final de 1874. Hubo varias etapas en el proceso político del periodo: el gobierno provisional (1868-1870), la Monarquía Constitucional de Amadeo de Saboya (1871-1873), la República Federal, la República unitaria y la República presidencialista (1873-1874).
A. La Revolución de 1868: La «Gloriosa» y el Gobierno Provisional (1868-1870)
Las causas políticas de la revolución de septiembre de 1868 fueron el autoritarismo moderado de González Bravo; la división interna entre los moderados; la crisis política originada por la muerte del líder de los unionistas (O’Donnell) en 1867 y del líder de los moderados (Narváez) en 1868, y el Pacto de Ostende entre los progresistas, demócratas y unionistas.
Las causas económicas de la revolución en España se manifestarán como una crisis financiera e industrial, que arranca de la falta de rentabilidad de las inversiones ferroviarias y de la crisis industrial del sector algodonero en Cataluña. A estos factores se suma la existencia de una fuerte crisis de subsistencias que se inicia en 1866.
Desarrollo de la Revolución
Ante estas circunstancias se produjeron levantamientos populares en Andalucía junto con un pronunciamiento militar. El alzamiento se inició en Cádiz al mando de los generales Serrano, Dulce, Prim y el almirante Topete, con la pretensión de cambiar la Constitución y elegir un nuevo monarca. Pronto la sublevación se generalizó por Andalucía y hubo numerosos levantamientos campesinos con carácter de revolución social. Rápidamente en muchas ciudades españolas (Sevilla, Barcelona…) se constituyeron Juntas Revolucionarias que organizaron el levantamiento.
El gobierno y la Corona se encontraron completamente aislados. Así, cuando las fuerzas isabelinas, al mando del marqués de Novaliches, sean derrotadas en el Puente de Alcolea (Córdoba), Isabel II, que estaba veraneando en San Sebastián, no verá más salida que exiliarse a Francia.
El pronunciamiento, sin embargo, se consolidó gracias a la acción de las Juntas provinciales y locales más revolucionarias, que propagaron la Revolución. El poder político fue ejercido por la Junta Revolucionaria de Madrid, que confía la jefatura del Estado al general Serrano. Este procede a la formación de un Gobierno provisional, encabezado por el general Prim y compuesto por personajes destacados como Sagasta.
Pronto empiezan a surgir contradicciones entre el espíritu demócrata de las Juntas, y la actitud del Gobierno provisional, que, desbordado por el comienzo de la guerra colonial en Cuba, incumple el compromiso de modificar el reclutamiento militar.
Medidas del Gobierno Provisional
El Gobierno provisional se apresura a tomar medidas para estabilizar la Revolución: la disolución de las Juntas, el control de la administración del Estado, y la convocatoria de Cortes Constituyentes por sufragio universal masculino.
Dicha convocatoria abría paso al segundo de los objetivos de la Revolución: la configuración jurídica–política de un régimen democrático. Las elecciones dieron la mayoría a la coalición de unionistas, progresistas y demócratas; con lo que se establece la monarquía democrática.
La Constitución de 1869
Las Cortes abordaron el reto de crear una nueva Constitución, Salustiano Olózaga preside la comisión constitucional que prepara el nuevo texto, de ella formarán parte exclusivamente las fuerzas coaligadas de progresistas, unionistas y demócratas. Inspirada en las constituciones precedentes de 1812 y 1837, la Constitución de 1869 es considerada la primera constitución democrática de nuestra Historia. Entre sus características esenciales destacan las siguientes:
- Una amplia declaración de derechos: derecho de habeas corpus, la inviolabilidad de la correspondencia y del domicilio (no reconocidos anteriormente), la libertad de trabajo para los extranjeros, y la libertad de prensa, de reunión y de asociación.
- El reconocimiento de la soberanía nacional, de la que emanan tanto la legitimidad de la monarquía como la división de poderes y la descentralización política y administrativa.
- Sistema de representación. Al acentuar el papel de las Cortes –elegidas por sufragio universal– como centro del poder, aseguraba su independencia respecto de la Corona y del gobierno. El poder legislativo queda establecido en dos Cámaras con iguales competencias:
- Congreso: Compuesto por diputados mayores de edad, uno por cada 40.000 habitantes, que son elegidos por sufragio universal directo por los varones mayores de 25 años.
- Senado: Formado por varones mayores de 40 años, elegidos entre las altas autoridades civiles, militares y religiosas.
- El poder del rey se concebía como el de un monarca constitucional y democrático. El rey goza de irresponsabilidad política, ya que sus actos deben estar refrendados por los ministros. Se le otorga iniciativa legislativa y capacidad para convocar y disolver las Cámaras.
- El poder judicial residía en los Tribunales de Justicia. Se dispone el juicio por jurado popular para todos los delitos políticos y comunes.
- La administración local. Se asigna a los Ayuntamientos y Diputaciones la gestión de los intereses de los pueblos y provincias. Se reconoce el principio de autogobierno de los municipios.
- La cuestión religiosa recibió un tratamiento avanzado, al reconocerse el derecho a la libertad de cultos y de enseñanza (aunque el Estado seguía sosteniendo económicamente al clero católico).
Tras aprobarse la Constitución Serrano se hace cargo de la regencia. Los grandes ejes de la política del Gobierno son dos: adaptar el país a un sistema democrático y la búsqueda de un rey proclive a la democracia. Para alcanzar estos objetivos se sitúa como hombre fuerte del Gobierno al general Prim. En el ámbito económico destacan las medidas librecambistas de Figuerola, que rebaja los aranceles, pese a la oposición de los empresarios catalanes, y establece la peseta como moneda oficial del país.
B. El Reinado de Amadeo de Saboya (1871-1873)
La búsqueda de un rey democrático resulta para Prim una tarea más compleja de lo esperado, al tener que elegir entre las distintas casas reales europeas. Hubo numerosas candidaturas al trono, pero unas fueron rechazadas por los candidatos, otras por las cortes y el resto por factores de política internacional (guerra franco-prusiana). Finalmente, el príncipe italiano Amadeo de Saboya aceptó el trono de España.
Dificultades del Reinado
El joven monarca inició su reinado haciendo frente a una difícil situación interna. Antes de su llegada a Madrid, Prim es asesinado el 27 de diciembre de 1870, con lo que desaparece su principal apoyo. Este hecho contribuye a las divisiones entre los progresistas, unionistas y demócratas. Además, hubo de enfrentarse a la oposición de los republicanos, los carlistas y los partidarios del príncipe Alfonso –el hijo de Isabel II–.
Tuvo que apoyarse en dos grupos relativamente irregulares: el constitucional, liderado por Práxedes Mateo Sagasta y que constituía la derecha del régimen, formado por los unionistas y los elementos más moderados del progresismo; y el radical, dirigido por Ruiz Zorrilla, en el que se encuadraron progresistas y demócratas, partidarios de reformas audaces.
A la sucesión de gobiernos (Serrano, Sagasta, Ruiz Zorrilla) se une la inestabilidad socioeconómica y también se suma la oposición de los republicanos y los carlistas. Los primeros, opuestos a la solución monárquica, constituyeron una minoría favorable a la República y protagonizaron levantamientos como el de El Ferrol; los segundos, se levantaron en armas en mayo de 1872, dando inicio a la III Guerra Carlista (1872-1876), provocada por el movimiento insurreccional que aspira a coronar a Carlos VII.
Abdicación de Amadeo I
La situación se hacía todavía más difícil con la actitud conspiradora de Canovas para el restablecimiento de los Borbones, el descontento de una parte el Ejército, que no reconoce a Amadeo como rey, y el excesivo personalismo de los dirigentes que apoyan al monarca. En tales circunstancias, y tras dos años de reinado, el 11 de febrero de 1873, Amadeo presenta el acta de abdicación de la Corona, regresando al ducado de Aosta. Ese mismo día, Congreso y Senado, en sesión conjunta, se declaran en Asamblea Nacional y proclaman la I República española.