Estatutos:
Localización:El texto objeto del presente comentario Se trata de una fuente primaria de contenido político puesto que se trata de Una ley. Esta ley fue sancionada el 4 de Octubre de 1936 y publicada en la “Gaceta de Madrid” el 7 de ese mismo mes, además de aparecer también en el Diario Oficial del País Vasco, con fecha de 9 de Octubre de 1936. Fue aprobado Este Estatuto de Autonomía en la tercera etapa de la II República (14 de Abril De 1931- 1 de Abril de 1939) en la cual gobernaba el Frente Popular. En medio De esta tercera y última etapa de la república, dio comienzo la Guerra Civil Española (1936-1939) que comenzó a raíz del Golpe de Estado el 17 de Julio de 1936.El autor del texto es Indalecio Prieto, contando con el apoyo de José Antonio Aguirre por lo que podemos afirmar que su autor es colectivo. Respecto Al destinatario, el texto es público ya que está dirigido a toda la sociedad vasca del momento.Análisis: El texto se Trata de una serie de artículos del Estatuto de Autonomía del País Vasco entre Los cuales destacan algunos rasgos de cada uno de los artículos que vemos. En Cuanto al primero de los artículos; este especifica que Vizcaya, Álava y Guipúzcoaforman una regíón autónoma dentro Del Estado Español y además, dota al euskera de la cooficialidad compartida con El castellano.Respecto al segundo artículo que aparece en el texto (Art. 5), Este, permite al País Vasco crear la Ertzaintza (un cuerpo policial para Controlar el orden público) como muestra de las facultades que transfiere dicha Autonomía que ha sido otorgada. Por último, el Art.10 ordena el sufragio Universal, la soberanía nacional y la división de poderes, estableciendo Algunos órganos como el Parlamento y el Gobierno Vascos, con un presidente Llamado “lehendakari”. La “disposición transitoria primera” establece la Formación excepcional de un gobierno provisional mientras dure la Guerra Civil, Estableciendo también un determinado presidente.Comentario:El Estatuto (ley especial básica para el régimen autónomo de una regíón, dictada Por el Estado del que forma parte dicha autonomía) de Autonomía del País Vasco Lleva años siendo reclamado.Hay que recordar que desde la Edad Media las Provincias vascas habían gozado de privilegios respecto a las demás naciones Gracias a los fueros, pero con la ley de Cánovas (1876) que los derogaba, nacíó El nacionalismo vasco con la reclamación de un grupo de vascos de que les Fueran devueltas sus antiguas costumbres, los fueros; reclamaban la autonomía (económica, Militar y judicial) de la que habían estado gozando hasta entonces.La II República (1931-1939) deja entrever la oportunidad de Alcanzar la autonomía vasca. Durante el Bienio Reformista, los acontecimientos relativos al tema Religioso que se daban en el Estado (quema de conventos, leyes anticlericales…) Provocan una gran indignación entre los nacionalistas y hacen que el PNV llegue A una alianza con los carlistas y los católicos independientes para lograr un Estatuto de Autonomía no anticlerical, triunfando así la línea más tradicional Del partido.En estas Circunstancias se elaboró el primer proyecto de estatuto:
El Estatuto de Autonomía de Estella. Una vez elaborado por la Sociedad de Estudios Vascos, se Fijó para Junio de 1931 una asamblea de ayuntamientos en esa misma localidad Para aprobar el anteproyecto. Llegada la fecha de la asamblea, los alcaldes Republicanos no acudieron a esta tachando este anteproyecto de clerical y Reaccionario. No obstante, el texto fue acogido con una gran mayoría de votos a Favor.Entre otras muchas cosas, en este proyecto se determinaba que el Estado Vasco formaba parte del Estado Español como estado autónomo, así como que el nuevo estado se reservaría las Relaciones autónomas con la Santa Sede (provocando esto último el rechazo Republicano).Como decimos, Alcalá-Zamora consideraría anticonstitucional este Proyecto y definíó que los estatutos siguientes deberían ser elaborados por Comisiones de las diputaciones y aprobados por municipios y por las Cortes Generales del Estado. Teniendo en cuenta Estas condiciones, realizaron un segundo proyecto. En este momento, los Carlistas dejaron de lado las reivindicaciones nacionalistas separándose así de Los nacionalistas. El PNV, entonces, redactó un nuevo estatuto prescindiendo Los artículos que hablaban del Estado Vasco y de la confesionalidad de este. A Pesar de la desaprobación carlista debido a su laicidad, los socialistas lo Apoyaron aceptándose este nuevo proyecto en 1932 en las tres provincias vascas Actuales. A diferencia de estas, Navarra no lo acepto, por lo que se adapto el Estatuto dejando fuera a esta última provincia. Durante el Bienio Radical Cedista se paralizó el proyecto. Sólo la llegada del Frente Popular (1936) y la Postura contraria al alzamiento militar franquista de los nacionalistas Vizcaínos y guipuzcoanos llevarán al Congreso de los Diputados español a Aprobar el primer Estatuto de Autonomía. Así, Indalecio Prieto junto a José Antonio Aguirre redacta un nuevo Estatuto el cual, finalmente, es aprobado el 1de Octubre de 1936 cuyas carácterísticas más importantes eran: por un lado, que Vizcaya, Álava y Guipúzcoa se constituyen en una “Regíón autónoma” así como que la Lengua vasca (el euskera) sería tan oficial como el castellano. Además, el Gobierno autónomo se haría cargo de la justicia, la educación y el Mantenimiento del orden público (con la creación del nuevo cuerpo policial “Ertzaintza”). Por último, parte de los impuestos se quedarían en el País Vasco Para sufragar los organismos autónomos. Este Estatuto, aprobado con la guerra ya iniciada, únicamente se aplicará en Vizcaya y una pequeña franja de Guipúzcoa ya que el Resto del territorio de aplicación había sido conquistado por las tropas Franquistas. Por otra parte, su vida será efímera ya que al cabo de tan solo 9 Meses estas tierras serán también conquistadas por Franco y el Estatuto, junto Con el Concierto Económico, derogado. Pero, una vez acabada la guerra y la Dictadura franquista, se redacta un nuevo Estatuto de Autonomía Vasco en (1979) Que es el que actualmente está en vigor. La importancia de este texto radica en Que el citado Estatuto sirvió no sólo como objetivación del sentir del País Vasco sino como base del que actualmente está vigente.