Historia de España: Desamortización, Decretos de Nueva Planta, Guerra de Independencia, Cortes de Cádiz y Constituciones

La Desamortización de Mendizábal

Durante su breve etapa como presidente del Consejo de Ministros, Mendizábal había adoptado una serie de medidas tendentes a lograr el triunfo en la guerra y a reestructurar el grave problema de la deuda nacional. Entre ellas, destacó la reactivación de la desamortización de los bienes del clero regular, que constituían una continuación de las efectuadas por Godoy y, posteriormente, por las Cortes de Cádiz y los gobiernos del Trienio Liberal. Entre 1835 y 1837, Mendizábal emprendió una gran desamortización eclesiástica mediante la nacionalización y venta en pública subasta al mejor postor de los bienes expropiados previamente a la Iglesia. Su legislación acabó con las tierras y propiedades eclesiásticas amortizadas y suprimió los monasterios y conventos de las órdenes religiosas masculinas y femeninas del clero regular, a excepción de los dedicados a la beneficencia y las misiones de Asia. Todas las fincas rústicas y los bienes urbanos desamortizados fueron subastados en presencia de un juez en los distintos ayuntamientos.

El objetivo de la desamortización era conseguir financiación para sufragar la deuda pública y los gastos de la guerra civil, crear una clase media de campesinos propietarios, y aumentar los apoyos sociales y políticos del liberalismo y el régimen isabelino. Sin embargo, las consecuencias de la desamortización perjudicaron al pueblo, empobreciendo a los campesinos, despojados del trabajo que realizaban en las tierras de la Iglesia que venían cultivando desde hacía siglos, y muchos cayeron en la miseria. Los enormes lotes puestos a la venta solo pudieron ser adquiridos por las mayores fortunas. Igualmente, la desamortización aumentó la distancia entre el nuevo régimen liberal y el clero católico, que perdió la mayor parte de sus propiedades y el cobro del diezmo.

La desamortización eclesiástica se complementó con otras medidas: desaparición de los señoríos y mayorazgos en 1836, supresión de la Mesta, introducción de la libertad de producción y comercio, y supresión de los derechos señoriales.

La Herencia del Antiguo Régimen: La Propiedad de la Tierra

La propiedad de la tierra en España durante el Antiguo Régimen se caracterizó por el dominio útil de la tierra que estaba en manos de la nobleza y la Iglesia. La nobleza, gracias a la institución del mayorazgo, había construido un patrimonio de bienes rústicos y urbanos sustraídos al libre comercio. La Iglesia era propietaria de grandes extensiones de tierra como consecuencia de las numerosas donaciones de las que era objeto desde hacía siglos. La tierra quedaba en manos muertas. Los municipios eran propietarios de tierras que tenían su origen en concesiones reales durante la Reconquista, consistentes en bosques cuya utilización adoptó dos formas: tierras de aprovechamiento común y tierras de propios. La cantidad de tierra que se podía obtener había ido disminuyendo. El campo español aparecía vacío y lleno en la rutina. La despoblación tenía su origen en la dureza de la vida del labrador: el exceso de trabajo y su escasa remuneración. Pero el problema seguía siendo el bajo rendimiento agrícola a causa del retraso técnico. La situación era más difícil si tenemos en cuenta las trabas ejercidas por la ganadería trashumante sobre la agricultura.

Los Efectos de la Desamortización

Desde el punto de vista económico, favoreció una expansión de la superficie cultivada y de la producción agraria. Esta expansión estuvo acompañada de la deforestación. Acentuó la concentración de tierra en pocas manos, ya que las familias más poderosas conservaron intactos sus patrimonios. Tampoco se olvidaron los resultados financieros que se esperaban. Desde el punto de vista social, se sustituyó la estructura social señorial campesina con una estructura capitalista. Los principales beneficiarios no fueron los antiguos trabajadores de las tierras. La roturación de la vieja propiedad municipal empobreció a los ayuntamientos, privándolos de su autonomía económica, y asentó a campesinos empobrecidos sobre tierras no aptas para el cultivo en propiedad individual. Desde el punto de vista político, se creó una masa afecta a la causa liberal. En definitiva, no se aprovechó la ocasión para obtener una clase media agraria que hubiera podido ser un factor de equilibrio en la nueva sociedad.

Decretos de Nueva Planta

El alineamiento de los reinos y territorios de la Corona de Aragón con la causa del archiduque Carlos sirvió de pretexto a Felipe V para suprimir sus instituciones y privilegios mediante la promulgación de los Decretos de Nueva Planta. A partir de ese momento, su organización político-administrativa estaría basada en la de Castilla y se imponía la obligación del uso del castellano como lengua administrativa y jurídica. Los decretos derogaron instituciones como las Cortes de los distintos reinos, sus diputaciones permanentes, el cargo de Justicia Mayor, sus tradicionales concejos municipales, así como sus sistemas fiscales y monetarios propios. Igualmente, quedaron suprimidas las aduanas y los puertos secos interiores de la Corona Aragonesa. No obstante, los territorios aragoneses pudieron conservar alguna de sus singularidades. Del mismo modo, tampoco asimilaron el sistema fiscal castellano, ya que se establecieron diversas formas de contribución según los territorios: el catastro, el equivalente, la única contribución y la talla. Los virreinatos de la Corona de Aragón también fueron suprimidos.

Al contrario que los territorios aragoneses, las provincias Vascas y Navarra conservaron sus instituciones, sus fueros, sus aduanas interiores e incluso sus exenciones militares. Fue la recompensa de Felipe V por haberse mantenido fieles a la causa borbónica.

Guerra de la Independencia

Tras el inicio de la rebelión contra los franceses en Madrid, la insurrección se extendió al resto del país. Durante el conflicto, desde 1808 hasta 1814, se produjeron al mismo tiempo dos fenómenos distintos:

  • Guerra contra el ejército francés en defensa de la independencia.
  • Reorganización política del país según los principios del liberalismo.

Igualmente, la guerra se convirtió en un conflicto internacional, un conflicto civil entre españoles y tuvo un indudable carácter religioso. La guerra se desarrolló en 3 fases:

  1. Primera fase (mayo-noviembre 1808): El ejército francés intentó ocupar las principales vías de comunicación desde la frontera gala hasta Lisboa, Sevilla y Cádiz. En junio tuvo lugar el primer sitio de Zaragoza, con el objetivo de controlar la vía de comunicación del Ebro, pero fracasó por la resistencia de la ciudad al mando del general Palafox. El hecho más destacado de esta fase fue la batalla de Bailén el 19 de julio de 1808, en la que el ejército francés del general Dupont fue derrotado por las tropas del general Castaños. Fue la primera vez que un ejército napoleónico era derrotado en campo abierto.
  2. Segunda fase (finales de 1808-1812): Napoleón acudió a España con la Grande Armée, bien entrenada y muy capacitada. Primero conquistaron Burgos, después sitiaron Zaragoza que esta vez sí cayó y, a continuación, tras la victoria de Somosierra, tomaron Madrid. Solo Cádiz quedó libre de la ocupación. En esta fase la resistencia española se organizó en guerrillas, nueva forma de lucha caracterizada por la actuación de pequeños grupos de combatientes que realizaban ataques rápidos y por sorpresa a las tropas enemigas. Entre los guerrilleros destacaron las partidas de Espoz y Mina, Juan Martín «El Empecinado» y el Cura Merino.
  3. Tercera fase (primavera de 1812-1813): Aprovechando la retirada de tropas francesas para la invasión de Rusia, los ejércitos españoles, ayudados por los británicos de Lord Wellington, intensificaron su ofensiva. Como resultado se obtuvieron las victorias de Arapiles, Vitoria, Irún y San Marcial. Finalmente, Napoleón no tuvo más remedio que firmar el Tratado de Valençay el 11 de diciembre de 1813, por el que se reconocía la libertad de España y se liberaba a Fernando VII.

Las consecuencias más destacadas fueron unas pérdidas demográficas cuantiosas, unos daños materiales importantes (algunas ciudades quedaron totalmente arrasadas), a nivel económico la destrucción de abundantes industrias estatales y privadas, y a nivel internacional la puesta en marcha de los procesos independentistas en las colonias de América.

Las Cortes de Cádiz

La idea de convocar Cortes se había planteado por primera vez en la Junta Central, pero fue el Consejo de Regencia quien realizó la convocatoria a finales de enero de 1810. Su apertura tuvo lugar el 24 de septiembre. A diferencia de las Cortes tradicionales, divididas en estamentos, las de Cádiz reunieron a todos los diputados o representantes llegados de los diversos puntos de España en una única asamblea. Las Cortes funcionaron hasta septiembre de 1813. Hubo escasa presencia de nobles y miembros del alto clero. La clase media urbana fue la verdadera protagonista de las Cortes.

En las Cortes gaditanas los diputados pertenecían a 3 grupos ideológicos:

  • Liberales: Partidarios de la aplicación de reformas revolucionarias y de conceder la soberanía solo a las Cortes. Fueron los que ejercieron mayor influencia en las Cortes.
  • Renovadores o Jovellanistas: Seguidores de Jovellanos. Abogaban por una reforma del sistema político basada en un compromiso entre nación y cortes estamentales. La soberanía pertenecía a los órganos que reflejan la continuidad histórica del pueblo español: rey-cortes conjuntamente.
  • Absolutistas: Llamados despectivamente «serviles» por sus adversarios. Pretendían la vuelta al Antiguo Régimen tal y como existía antes de la Revolución Francesa y de la invasión napoleónica.

En las Cortes se aprobaron dos tipos de medidas revolucionarias. Unas de carácter político, con la intención de suprimir el absolutismo y establecer una constitución que asumiera la división de poderes. Su resultado fue la Constitución Liberal de 1812. Y otras de carácter social, cuyo objetivo era erradicar la sociedad estamental y los privilegios para establecer una sociedad organizada sobre los principios del individualismo ilustrado: libertad, igualdad, propiedad y seguridad.

Constitución de 1812

La obra más importante de las Cortes de Cádiz fue la Constitución de 1812. Se trata de la primera constitución liberal española. Fue la primera ley fundamental aprobada por un parlamento nacional en la historia de España. Las Cortes constitucionales la aprobaron el 19 de marzo de 1812. Sus principios básicos son:

  • Soberanía nacional: El poder político pertenecía a la nación española en su conjunto, incluidos los habitantes de los reinos ultramarinos.
  • División de poderes: El poder legislativo fue confiado a unas Cortes unicamerales, el ejecutivo al rey y sus ministros, mientras que el judicial quedó depositado en los tribunales. El régimen era una monarquía parlamentaria. El monarca no podía disolver las Cortes y solo poseía un derecho de veto suspensivo transitorio durante 2 años sobre las leyes aprobadas en las Cortes; después quedaba obligado a aceptar y sancionar la ley si así lo aprobaba la mayoría de los diputados.
  • Reconocimiento de derechos individuales: Libertad de imprenta, derecho de propiedad privada, la inviolabilidad de domicilio y el derecho a la educación. No existía un título específico reconociendo estos derechos, sino que se distribuían a lo largo del texto.
  • Igualdad de todos los ciudadanos ante la ley: Se impuso en un doble plano; en el territorial se suprimieron todos los fueros y leyes que iban en contra de la constitución; en el personal se estableció que unos mismos códigos y tribunales regirían para todos los españoles sin excepción. Con respecto a los impuestos, todos los españoles los pagarían de modo proporcional a su fortuna. Este principio se hace extensible a los deberes militares y al ejercicio de empleos en la administración pública. Se establecía una milicia nacional para garantizar el orden constitucional.
  • Sufragio universal masculino indirecto en cuatro grados: Las mujeres no votaban y los electores no elegían directamente a los diputados en Cortes, sino a unos compromisarios o representantes que, a su vez, se encargaban de designarlos.
  • El catolicismo es la religión oficial del estado.

La Constitución de 1876

Fue el documento jurídico fundamental del periodo de mayor longevidad hasta la actualidad. Permaneció en vigor hasta 1931, aunque fue vulnerada y suspendida en varias ocasiones. Para su elaboración se reunió una asamblea de notables. El intento de restaurar la constitución de 1845 y el deseo de adoptar la democrática de 1869 obligaron a Cánovas a actuar como mediador. Él propuso un texto nuevo, amplio y flexible capaz de dar cabida a cuantos optasen por aceptar los objetivos recogidos en el Manifiesto de Sandhurst y la doctrina de la constitución interna. Las Cortes aprobarían la constitución que fueron convocadas por sufragio universal. La Constitución de 1876 mantuvo la tradición constitucional española iniciada en Cádiz. Está inspirada en la constitución moderada de 1845 y, en menor medida, en la progresista de 1869. Su tono es doctrinario y conservador.

Los Gobiernos Conservadores (1875-1881)

Cuando la paz en el país estaba asentada tras la finalización de las guerras carlistas y cubana, el partido de Cánovas ejerció el poder hasta 1881 sin interrupción, momento en el que el partido liberal aceptó la Constitución de 1876. Esta etapa se conoce como la dictadura de Cánovas debido a su control del partido y ordenamiento del estado. Las medidas del gobierno conservador tendieron a consolidar el nuevo régimen mediante la defensa del orden social, de la monarquía y de la propiedad. Una de las primeras disposiciones fue la abolición de los fueros vascos, que provocó el aumento del nacionalismo que era ultraconfesional y ultracatólico, que más tarde será uno de los cánceres de la Restauración. Cánovas acentuó la política de restricción de libertades, entre las aprobadas se encuentran:

  • Ley electoral de 1878 hasta 1890.
  • Regulación de las libertades de reunión y asociación.
  • Ley de imprenta de 1879.

Las disposiciones de Cánovas se complementaron con las leyes para reforzar el centralismo político-administrativo. En el aspecto económico, los conservadores intentaron poner orden en algunos asuntos urgentes. En la política exterior se procuró quitar el aislamiento como el compromiso.

Los Gobiernos Liberales (1881-1884)

Hasta 1880, debido a su difícil configuración y heterogeneidad, no se fundó el partido fusionista, poco después llamado Partido Liberal encabezado por Sagasta. En 1881 accedió al poder y se llevó a la práctica el turnismo. La etapa liberal comenzó con un gobierno presidido por Mateo Sagasta. Sus primeras disposiciones fueron consecuentes con su significación liberal. En el verano de 1883, dos sucesos deterioraron la situación política: en primer lugar, varias intentonas republicanas en Badajoz y otras comunidades, urdidas desde la Asociación Republicana Militar, y en segundo lugar, el deterioro en las relaciones diplomáticas franco-españolas provocado por la visita de Alfonso XII. A ellos se unieron los desórdenes en el campo andaluz atribuidos supuestamente a la anarquista Mano Negra. Estos sucesos y la oposición dentro de su partido obligaron a Sagasta a dimitir y dar paso a un efímero gobierno presidido por José Posada Herrera, de izquierda dinástica. De su breve labor resultó significativa la creación de una comisión de reformas sociales por el ministro de gobernación Segismundo Moret, para atender las cuestiones relativas al bienestar de las clases trabajadoras.

Antecedentes de la Guerra de Cuba

Los problemas no terminaron con el acuerdo de 1878. Desde entonces hasta 1895, incidieron diversos factores en lo que se denominó la cuestión cubana:

  • Entre 1879 y 1880 se produjo la llamada Guerra Chiquita.
  • Las dos guerras tuvieron dos consecuencias fundamentales como la impulsión del nacionalismo cubano y favorecieron la penetración económica de los capitalistas de Estados Unidos en la isla.
  • Se adoptaron medidas para alcanzar la normalización de las relaciones entre España y su colonia, como la asimilación de Cuba a una metrópoli.

Las Consecuencias del Desastre del 98

La pérdida de las colonias españolas no fue un hecho aislado, formó parte de un proceso de redistribución colonial entre las grandes potencias a finales del siglo XIX, afectó a otros países. Las consecuencias en España fueron:

  • Desde el punto de vista demográfico, las guerras se llevaron a un total de 120.000 muertos, más por enfermedades que por la propia guerra.
  • Desde el punto de vista económico, la derrota supuso la pérdida del mercado colonial.
  • Resentimiento de los militares hacia los políticos, crecimiento del antimilitarismo popular y crisis política.
  • Cambio del estatus internacional porque España había dejado de ser un imperio.
  • Aparición del regeneracionismo, movimiento intelectual caracterizado por el rechazo al sistema de la Restauración. El regeneracionismo también se desarrolló a nivel literario con la Generación del 98, que constituyó la Edad de Plata.

Directorio Militar (Primo de Rivera)

Hacia el año 1923 la situación política parecía haber llegado a un callejón sin salida. El rey Alfonso XIII, cada vez más descontento con el parlamentarismo, acogió con agrado el golpe de Primo de Rivera. La mayor parte de la prensa lo recibió de manera favorable, tan solo algunos políticos del viejo régimen manifestaron su oposición. Aunque llegó al poder un año más tarde que Mussolini en Italia, Primo no era fascista. Muchos pensaban que había llegado la hora del «cirujano de hierro» del que hablara Costa. Primo de Rivera formó un Directorio Militar integrado por 8 generales, y destacan las siguientes medidas:

  • El Congreso y el Senado fueron cerrados y la Constitución de 1876 declarada en suspenso.
  • Los gobernadores civiles fueron sustituidos por militares, y ayuntamientos y diputaciones disueltos.
  • Se persiguió la corrupción de la etapa anterior, algunos tuvieron que exiliarse ante la amenaza de ser detenidos.
  • Se detuvo el proceso de búsqueda de responsabilidades en Marruecos, Expediente Picasso.
  • Se restableció la paz social y el orden público.
  • Se suprimió la Mancomunidad Catalana (1925), única bandera = española e idioma = castellano.
  • Reforma de la administración local y provincial.
  • Lo más importante de todo fue la pacificación de Marruecos. Primo se había manifestado por abandonar el protectorado. El éxito del desembarco de Alhucemas fue determinante en la decisión de Primo de Rivera de disolver el Directorio Militar y establecer un Directorio Civil. Esto significa el abandono de la intención original de construir un régimen transitorio.

Directorio Civil (Primo de Rivera)

Primo de Rivera formó un gabinete civil en el que dominaban los tecnócratas y seguía habiendo presencia de algunos militares. Sus bases habrían de ser un nuevo partido político, una nueva asamblea y una nueva constitución.

  • Unión Patriótica (UP): Fue el nuevo partido surgido al calor de la dictadura (1924). Carecía de un programa ideológico nítido, aunque sus principios eran corporativistas en lo socioeconómico.
  • Asamblea Nacional Consultiva: Creada en 1926 tras la celebración de un plebiscito. Su misión era la de redactar una nueva constitución. La mitad de los miembros eran elegidos por los municipios, etc., y la otra mitad por la corona. En 1929 el propio Primo se dio cuenta de su inutilidad y la disolucionó.
  • Proyecto Constitucional: Presentado por la asamblea en julio de 1929. Establecía un régimen autoritario en el que el poder de legislar radicaría en el parlamento; los diputados eran elegidos por sufragio universal directo.

La Constitución de 1931

El 28 de junio se celebraron elecciones a Cortes Constituyentes conforme a un decreto que corregía la ley electoral de 1907. Se rebajaba la edad de voto a los 23 años. En 1931 las mujeres no pudieron votar, aunque sí ser elegidas. La normativa de lectoras primaba las grandes coaliciones para intentar dar estabilidad al sistema, ya que una pequeña diferencia de votos suponía una muy apreciable en escaños. La participación fue del 70%.

Los puntos fueron los siguientes:

  • Organización nacional (Art. 1): La República constituye un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones. Se reconocía el derecho de las provincias limítrofes a constituirse en regiones autónomas. Se recogía así la aspiración autonómica del regionalismo catalán.
  • Derechos y deberes de los españoles: Reconocía los derechos de reunión, de asociación, etc. Se concedía el voto a la mujer. En el terreno social se decretaba la limitación de la jornada laboral, el salario mínimo, etc. En materia económica se establecía la posibilidad de expropiación forzosa por causa de utilidad social mediante adecuada indemnización. La cuestión que provocó mayores debates fue la separación de la Iglesia y el Estado. Se aprobaron la libertad de cultos, el matrimonio civil, etc. Además, se prohibía a las órdenes religiosas dedicarse al comercio, la industria y la educación. También se decretaba la expulsión de los jesuitas.
  • División de poderes: La constitución privilegiaba al poder legislativo sobre el ejecutivo. Las Cortes, que serían unicamerales, poseían la capacidad de iniciativa legislativa. Se creaba la Diputación Permanente para evitar vacíos de poder entre periodos de sesiones. Los posibles conflictos entre poderes serían solventados por un Tribunal de Garantías Constitucionales inspirado en el modelo alemán de la República de Weimar. El Presidente de la República, como jefe de estado, era elegido de forma indirecta, ya que personificaba a la nación, nombraba al presidente del gobierno, tenía la capacidad de declarar la guerra y firmaba los decretos.

Tal y como estaba redactada, la constitución presentaba algunas deficiencias. La más grave no fue un texto consensuado entre las fuerzas de derecha y las de izquierda. Sus disposiciones en materia religiosa no contaban con el respaldo de los católicos, que pronto empezaron a pedir su revisión. Pero también que el texto constitucional establecía un sistema político con un gobierno débil a merced de las Cortes, lo cual se traducirá en una continua inestabilidad gubernamental. El texto fue aprobado por la cámara el 9 de diciembre. No se sometió a refrendo popular. La obra de las Cortes Constituyentes se completó con la aprobación de la Ley de Defensa de la República, que permitía al ejecutivo limitar de manera drástica, en caso de necesidad, los derechos y libertades recogidos en la Carta Magna, singularmente la libertad de prensa.

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