La Guerra de Independencia y la Constitución de 1812
P1: El Camino hacia la Guerra de Independencia
Tras la Paz de Basilea (1795), la España absolutista de Carlos IV se convirtió en aliada de la Francia revolucionaria. Desde entonces, España quedó sometida a los intereses franceses, especialmente cuando Napoleón llegó al poder. En 1796, España firmó con Francia el Tratado de San Idelfonso, una reproducción de los viejos pactos de familia. Esta alianza llevó a España al enfrentamiento con Portugal en la Guerra de las Naranjas y con Gran Bretaña, que culminó con la derrota de Trafalgar en 1805, la cual supuso la pérdida del poder naval español.
Para obligar a Portugal a cumplir el bloqueo económico y continental contra Gran Bretaña, Napoleón firmó con España el Tratado de Fontainebleau (1807), que permitía el paso de tropas francesas por el país para invadir Portugal. Este tratado prometía a Godoy el control del sur de Portugal tras la invasión. Sin embargo, Napoleón aprovechó la situación para invadir también España. Este acto provocó el Motín de Aranjuez en marzo de 1808. Ante estos acontecimientos, Carlos IV destituyó a Godoy y abdicó en su hijo, Fernando VII.
Napoleón, aprovechando el conflicto, llamó a ambos a Bayona (Francia) en 1808. Allí, logró que padre e hijo abdicaran de sus derechos al trono en su favor. Acto seguido, Napoleón nombró rey a su hermano, José Bonaparte. La reacción del pueblo español no se hizo esperar. El 2 de mayo de 1808, el pueblo de Madrid se levantó contra los franceses, iniciando así la Guerra de Independencia (1808-1814), que culminó con el Tratado de Valençay en 1813.
P5: José I Bonaparte y los Afrancesados
José I Bonaparte, hermano de Napoleón, no fue rechazado por todos los españoles. Un grupo, conocido como los afrancesados, aceptó al nuevo monarca. Algunos lo hicieron por conveniencia personal, buscando beneficios políticos, económicos y sociales. Otros, por convicción ideológica. Estos últimos eran principalmente ilustrados o liberales que veían en la nueva monarquía de José I Bonaparte la posibilidad de acabar con el Antiguo Régimen e instaurar un régimen liberal similar al francés.
Los partidarios de José Bonaparte suscribieron el Estatuto de Bayona (julio de 1808), una carta otorgada por Napoleón para dar legitimidad a la monarquía de su hermano. Este Estatuto se considera el primer antecedente del régimen constitucional español de corte liberal.
P7: La Constitución de 1812:»La Pep»
El 19 de marzo de 1812, festividad de San José, se promulgó en Cádiz la Constitución Española, conocida popularmente como»La Pep». Esta Constitución se convirtió en la columna vertebral del liberalismo español y tuvo un gran impacto en el liberalismo europeo.
La Constitución de 1812 establecía una monarquía constitucional. La figura del rey era inviolable y tenía importantes prerrogativas, como el veto a las leyes. Se establecía la separación de poderes: el rey ostentaba el poder ejecutivo, el poder legislativo lo compartían las Cortes con el monarca (el rey elaboraba las leyes junto a las Cortes) y el poder judicial quedaba en manos de los tribunales.
Era una constitución confesional, ya que proclamaba la religión católica como la del Estado. Establecía la igualdad ante la ley y recogía una serie de derechos individuales como la libertad de expresión o»libertad de imprent» para los libros no religiosos, la inviolabilidad del domicilio y la supresión de la tortura para obtener confesiones en los procedimientos judiciales. También reconocía el derecho al sufragio para todos los varones mayores de 25 años. Para ser diputado se debían cumplir ciertos requisitos: tener 25 años, llevar 7 años de residencia en la circunscripción por la que se presentaba y tener una renta mínima.
P8: La Soberanía Nacional
El concepto de soberanía hace referencia al origen del poder del Estado. En las monarquías absolutas del Antiguo Régimen, la soberanía residía en el rey por delegación divina. Frente a ello, el liberalismo defendía el principio de soberanía nacional, es decir, que el origen del poder reside en la nación, entendida como el conjunto de los ciudadanos, a los que se les reconocen derechos individuales. Como consecuencia, las instituciones del Estado deben ser elegidas por los ciudadanos en elecciones libres.
Además del principio de soberanía nacional, otras características de la Constitución de 1812 son la separación de poderes, la confesionalidad del Estado, la igualdad ante la ley y el reconocimiento de derechos individuales.
P9: Las Cortes de Cádiz y la Promulgación de la Constitución
Tras las abdicaciones de Bayona y el estallido de la sublevación popular contra los franceses en mayo de 1808, se formó una Junta Suprema Central que, entre otras decisiones, convocó las Cortes. La invasión francesa obligó a la Junta, establecida en Sevilla, a disolverse en 1810. Sus poderes pasaron a una Regencia que, refugiada en Cádiz, única ciudad importante libre de la ocupación francesa, decidió mantener la convocatoria de las Cortes.
La importancia de la burguesía en Cádiz, centro del comercio colonial con América, explica el predominio de la ideología liberal en las Cortes y la posterior aprobación de la Constitución de 1812.