La Desamortización en España: Transformación del Régimen de Propiedad

El Sistema de Propiedad en el Antiguo Régimen

El paso del antiguo al nuevo régimen no solo se caracterizó porque se pusiera en marcha un nuevo sistema político, sino también porque representó una nueva forma de organizar el régimen jurídico de la propiedad, que hasta este momento se había basado en el modelo de las vinculaciones, cuando el dueño no tenía libre disposición ni podía vender sus bienes y, en consecuencia, eran tierras que se hallaban fuera del mercado. Ese conjunto de bienes, que podían ser rústicos o urbanos, muebles o inmuebles, constituía una forma de propiedad calificada como vinculada o amortizada. Las tierras estaban repartidas entre la Corona, Iglesia, municipios, nobleza y particulares. En casas nobiliarias, los bienes iban ligados al título y debía transmitirlo íntegro a su heredero. La Iglesia poseía gran cantidad de propiedades, y en cuanto a los municipios, eran poseedores en régimen de vinculación de los bienes de propios (objeto de arrendamiento a particulares) y de los comunales. El acto de liberar los bienes de ese régimen jurídico es lo que conocemos con el nombre de desvinculación o también, desamortización, algo que no siempre se aplicó de la misma manera a todos los bienes vinculados, puesto que en el caso de la nobleza asistimos a un mero proceso de desvinculación, que permitió a sus poseedores disponer de sus propiedades, mientras que en el caso de la Iglesia y de los municipios, dicha desvinculación consistió en que los bienes pasaban a ser propiedad del Estado, el cual vendería mediante subasta hasta parte de lo desamortizado.

El Proceso Desamortizador: Concepto y Etapas

Una desamortización consiste en que el Estado transforma en bienes nacionales aquellos que hasta ese momento han estado en régimen de vinculación en manos de otras instituciones y proceder a su venta.

La historiografía utiliza el término proceso desamortizador, porque se trata de una reforma que se desarrolló a lo largo de varios años, y que abarcó parte del siglo XVIII y del XIX. Hay que distinguir, por una parte, las que afectan a la Iglesia (desamortización eclesiástica) y las referidas a otras instituciones (desamortización civil).

Desamortización Eclesiástica

  • La primera norma fue la de Carlos IV en 1798 por la que se transformaban en bienes nacionales a instituciones eclesiásticas.
  • Luego vendrían las de José I sobre los bienes del clero de Cádiz, luego suprimidas por Fernando VII en 1814 pero puestas en marcha durante el Trienio Constitucional.
  • Tras la muerte de Fernando VII, la revolución liberal acometió un conjunto de reformas que afectaron a las propiedades eclesiásticas, en especial con dos normas:
    • El decreto del ministro Juan Álvarez de Mendizábal, en febrero de 1836 por el que se ponían en venta los bienes pertenecientes al clero regular.
    • El decreto de septiembre de 1841, durante la regencia de Espartero, por el que se establecía la venta de los bienes del clero secular.
  • Por último, la ley de desamortización general de Madoz, en 1855, que ponía en venta todos los bienes mandados vender en leyes anteriores.

Desamortización Civil

  • Las primeras normas en este ámbito aparecieron en el reinado de Carlos III.
  • En las Cortes de Cádiz se aprobó una importante disposición por la cual se disponía el reparto de bienes entre los participantes en la guerra contra los franceses.
  • Con Fernando VII, ante los problemas económicos existentes, hubo que recurrir a poner en venta algunos bienes, mientras que en el Trienio Constitucional se desarrolló el decreto aprobado en Cádiz.

Características, Objetivos y Método

Jordi Nadal y Francisco Tomás y Valiente, dicen que el proceso desamortizador se puede definir en torno a tres características:

  1. Fue un proceso unitario, porque el método utilizado a la hora de desamortizar fue siempre el mismo.
  2. Fue un proceso diverso, porque no hubo una única ley desamortizadora.
  3. Fue un proceso discontinuo, porque la aplicación de las normas, en algunos casos se suprimieron, como ocurrió con Fernando VII.

El objetivo era transformar el régimen jurídico de la propiedad, el tránsito de un régimen de vinculaciones a otro de propiedad libre y absoluta. Pero, junto a ello, hay que considerar otros objetivos:

  1. Uno político, pues se pretendía conseguir el apoyo de amplios sectores de la población a las reformas liberales y a la futura reina Isabel.
  2. Otro de carácter económico, con una triple dimensión:
    • Obtener fondos para solucionar los dos grandes problemas de la Hacienda pública: el del déficit y el de la deuda.
    • Mejorar la agricultura, permitiendo la entrada de tierras en el mercado, para su expansión.
    • La desamortización de Mendizábal, parte de los ingresos era para financiar la guerra contra los carlistas.
  3. El de contenido social, que las tierras del Estado ayudasen a un mejor reparto de la propiedad.

La práctica desamortizadora tuvo en España un elemento fundamental en la subasta, el método consagrado desde un principio para sacar al mercado los bienes que habían pasado a propiedad del Estado. Eran estos los que solicitaban la venta, una vez que se publicaban los bienes desamortizados en cada provincia; a continuación se procedía a una tasación, tanto por la Hacienda como por el posible comprador, y la subasta se anunciaba en la capital de la provincia y en Madrid (si la tasa era superior a una determinada cantidad). La cantidad fijada en el remate de la subasta se podía pagar a plazos, que eran diferentes si se hacía bien en metálico o bien con títulos de la deuda pública. En algunas zonas hubo medianos y pequeños propietarios que también consiguieron hacerse con algunas posesiones, quienes no consiguieron apenas nada fueron los campesinos sin tierra, que vieron cómo esta reforma agraria liberal perdía su contenido social. Las repercusiones de este proceso fueron muy variadas, y aunque se podrían señalar algunas diferencias en función de la zona geográfica afectada, se pueden establecer las siguientes conclusiones:

  1. La primera porque perdió su sustento económico. Además, los gastos aumentaron no solo por tener que contribuir al mantenimiento del culto y el clero, sino porque el modelo de Estado liberal significaba la implantación de un nuevo aparato burocrático.
  2. Aumentó la superficie cultivada, pero no porque tuviese lugar una mejora de las técnicas agrarias o se racionalizara la productividad.

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