La Restauración en España (1875-1898): Bipartidismo y Constitución de 1876

La Restauración en España (1875-1898)

Antecedentes

El 29 de diciembre de 1874, el general Arsenio Martínez encabezó un alzamiento en Sagunto y proclamó al hijo de Isabel II, Alfonso XII, rey de España. El presidente del gobierno, el general Francisco Serrano, fue desautorizado por sus oficiales y se exilió. En Madrid se formó un gobierno provisional presidido por Cánovas del Castillo, quien ayudó a redactar el manifiesto de Sandhurst, un manifiesto de carácter político en el cual Alfonso de Borbón (futuro Alfonso XII, rey de España) mostraba su disposición para convertirse en rey y partidario de una monarquía parlamentaria. El 9 de enero de 1875, el rey entró en España por el puerto de Barcelona, y el día 14 llegaba a Madrid. La dinastía borbónica acababa de ser restaurada.

Lo que marcó la 1ª fase de la Restauración (1875-1898) fue el fin de la guerra carlista, el establecimiento del bipartidismo, la alternancia en el poder y la política exterior.

Ideario de la Restauración

IDEARIO: Durante la Restauración se estableció un amplio marco de actuación política. Se llegó a un pacto con la Iglesia y el ejército se mantuvo alejado de la política. El marco teórico ideado por Cánovas fue la Constitución de 1876.

Cánovas fue un hombre práctico en política. Encargado de dirigir el país y de darle un nuevo marco político de actuación, creyó que los principios como la patria, la monarquía, la dinastía histórica, la libertad, la propiedad y el gobierno conjunto del rey con las Cortes, eran indiscutibles y claves en la organización política, por lo que tenían que formar parte de la Constitución. Los sectores que no estuvieran de acuerdo, no podían tener cabida en el sistema de la Restauración ni en la elaboración de esta Constitución. Pero las demás cuestiones del Estado sí podían ser objeto de debate político. Gracias a esto, el nuevo régimen consiguió juntar a la mayor parte de la clase política dentro del juego institucional.

El Bipartidismo

BIPARTIDISMO: Cánovas impulsó un régimen bipartidista inspirado en el modelo inglés con el fin de asegurar la estabilidad del régimen. Su intención era crear dos partidos políticos que tuvieran diferentes criterios, siempre y cuando se ajustaran a la legalidad que él había diseñado, es decir, dejar fuera a las organizaciones que no aceptaran la monarquía restaurada y la dinastía borbónica.

Los partidos que dominaron fueron el Conservador y el Liberal, representando respectivamente a la derecha y a la izquierda, desde un pensamiento liberal.

  • Cánovas lideró el Partido Liberal Conservador, formado por personas del antiguo Partido Moderado, la Unión Liberal y de un sector del Partido Progresista, y fue apoyado también por el episcopado y parte del catolicismo no radical.
  • Sagasta por otra parte lideró el Partido Liberal en el que se integraban sectores demócratas radicales y del republicanismo moderado. Este partido fue apoyado por los profesionales liberales, comerciantes, banqueros, militares y funcionarios.

Después de que el Partido Conservador ganara las elecciones se redactó la nueva Constitución de 1876. El bipartidismo se consolidó después de la muerte del rey Alfonso XII en 1885 y estando la reina embarazada. Los dos partidos políticos acordaron el turno político para garantizar la estabilidad del régimen, en un acuerdo conocido como, el Pacto del Pardo en 1885. Cánovas presentó la dimisión y sugirió a la reina regente, que encargara la formación de un nuevo gobierno a su rival Sagasta. El 17 de mayo de 1886 nacía Alfonso XIII, hijo póstumo del rey.

Legislación y Caciquismo

LEGISLACIÓN Y CACIQUISMO: La Restauración supuso el retorno a la sociedad liberal moderada anterior al 1868 pero con nuevas formas de política. Se exigió reconciliar a los monárquicos, el sometimiento del ejército a la autoridad civil, conseguir el acercamiento a la Iglesia y recuperar la confianza de la alta burguesía. Pero esa confianza solo se ganaría si los gobiernos garantizaban la estabilidad. Todos los esfuerzos del sistema canovista consistían en eso, y se vio reflejado en las medidas legislativas, potenciar la estabilidad y el control descarado de los resultados electorales, lo que garantizó la permanencia en el poder de los dos partidos políticos.

Con la Constitución de 1876, cada gobierno legisló de acuerdo con sus ideas, pero manteniendo respeto hacia la obra que había realizado antes el rival. Los conservadores aprobaron la Ley Electoral de 1878, la de Imprenta, la de Prensa y la que regulaba las reuniones públicas. Los liberales legislaron de una forma más progresista, como en el caso de la legislación sobre libertad de reunión y expresión (1881), la Ley de Prensa de 1883, la Ley de Asociaciones de 1887, la que instauraba los juicios con jurado (1888), el Código Civil (1889) y la Ley Electoral del sufragio universal masculino (1890). Ninguno de los dos tipos de sufragio permitía la participación de las mujeres, las cuales representaban más del 50% de la población.

Durante la Restauración, las elecciones nunca fueron transparentes. El mecanismo político era siempre el mismo, si un presidente dimitía, el rey encargaba la formación de un nuevo gobierno al líder de la oposición y se convocaban unas elecciones en las que siempre ganaba por mayoría absoluta, ya que las organizaba el Ministerio de la Gobernación con la colaboración de alcaldes, caciques y gobernadores civiles. El sistema parlamentario se desprestigió por la práctica del falseamiento electoral y del caciquismo (este fue el instrumento que permitió a la clase política, dominar el sistema político). El turno entre liberales y conservadores aseguró una estabilidad a pesar de la violación del sistema electoral y representativo.

La Constitución de 1876

CONSTITUCIÓN DE 1876: La Constitución empezó a debatirse en febrero de 1876. A pesar de que los conservadores tenían la mayoría absoluta en el Parlamento, a veces cedían a propuestas de la oposición. El resultado fue que, a parte de los principios que Cánovas consideraba básicos, los principales temas ideológicos en los que se oponían los dos partidos, fueron objeto de negociación. Las divergencias más importantes se centraron principalmente en el concepto de soberanía, el sistema electoral (los conservadores querían el sufragio censitario, mientras que los liberales defendían el sufragio universal masculino) y la confesionalidad del Estado. Alguna de estas divergencias se solucionaron mediante una redacción esquemática de los artículos, que se dejaban a concretar en leyes posteriores. De esta forma, cada gobierno podría adoptar las que mejor se adecuara a su ideología. Un ejemplo de ello es el artículo 27, que hace referencia a la elección al Congreso de los Diputados.

En cuanto a la Iglesia, por una parte, el Estado se declaraba confesional y se obligaba a mantener el culto católico, aspecto que identificaba a los conservadores. Pero por otra parte, los liberales conseguían la libertad de conciencia (artículo 11 de la Constitución).

Muchos contenidos expresados en los artículos de la Constitución de 1876 ya estaban en la de 1869 y no se modificaron. Las diferencias principales radicaban en las atribuciones que se adjudicaban a la monarquía, más amplias en la Constitución de la Restauración.

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