4.- La guerra de independencia sirvió también para iniciar nuestra primera revolución liberal en la parte del territorio controlada por los españoles. Mientras en la parte dominada por los franceses, José Bonaparte intentaba consolidar su monarquía absoluta apoyándose en el grupo de afrancesados (reducido colectivo de clérigos, nobles, militares e ilustrados con quienes, reunidos en Bayona, julio 1808, había firmado el Estatuto de Bayona) y diseñando medidas modernizadoras (abolición de la jurisdicción señorial, de la Inquisición, órdenes militares y religiosas, consejos…) que apenas se aplicaron por la guerra, en la parte controlada por los españoles, por el contrario, se gestó una revolución política basada en la soberanía nacional representada en las Juntas (organismos locales y provinciales integrados por ilustrados, militares, clérigos y otros nombrados por el pueblo), coordinadas en las Juntas Supremas Provinciales y, más tarde, en la Junta Suprema Central (sede en Aranjuez, después en Cádiz, septiembre 1808, representó el gobierno de la resistencia, dirigiendo tanto la guerra como la modernización del país, exigida por los liberales), presidida por Floridablanca (aunque Jovellanos era su figura emblemática) e integrada por 35 miembros (la mayoría nobles reformistas), que acordó convocar Cortes en Cádiz para septiembre 1808. Se trataban de unas Cortes modernas y revolucionarias: unicamerales, de número variable a lo largo de su actuación (los 100 diputados iniciales se convertirían en 223), las integraban diputados pertenecientes a las burguesías y clases medias urbanas, sin ningún artesano, campesino ni trabajadores de la industria; la mayoría eran clérigos, abogados, funcionarios y militares, más algunos nobles, comerciantes y propietarios. Estos diputados, además, se hallaban divididos en tres grupos ideológicos:
- Izquierda o liberales: partidarios de cambios radicales y de dotar a las Cortes de toda la soberanía; con Agustín de Argüelles como principal representante, fueron los triunfadores.
- Centro o jovellanistas: partidarios de Cortes estamentales que establecieran un compromiso entre rey/nación.
- Derecha o absolutistas: defensora de la vuelta al Antiguo Régimen, apoyada por monárquicos, partidarios de Fernando VII y carlistas.
La labor de las Cortes (5 años: septiembre 1808-septiembre 1813) destruyó todo el Antiguo Régimen a través de sus dos aportaciones capitales: Constitución de 1812 y medidas socio-económicas.
La Constitución de 1812
(aprobada el 19 de marzo) creaba un nuevo régimen político, la monarquía parlamentaria, basada en la Constitución como ley suprema que obliga a todos los poderes, que reconocía los principios de la soberanía nacional (el poder reside en la nación, formada por todos los españoles, incluidos los de las colonias), la división de poderes (el rey seguiría controlando el ejecutivo, pero responsable ante la Constitución y el Parlamento; pierde el legislativo o Parlamento, ahora en manos de los diputados elegidos mediante sufragio, y el judicial, por jueces y tribunales independientes; el poder real, pues, se hallaba muy limitado por el Parlamento, el poder más decisivo), sufragio electoral censitario (sólo masculino e indirecto, incluía únicamente a los más ricos), derechos individuales (libertad, propiedad, igualdad jurídica y fiscal, inviolabilidad del domicilio, libertad de imprenta…), democratización de la vida municipal (sus autoridades también elegidas por el mismo sufragio censitario e indirecto), creación de Milicia Nacional (cuerpo armado civil encargado de defender la Constitución), aunque también se mostraba intolerante al defender el catolicismo como la única religión oficial del Estado (todas las demás deberían prohibirse y perseguirse). Esta Constitución sólo estuvo en vigor durante tres períodos: marzo 1812 a marzo 1814, enero 1820 hasta noviembre 1823, y de agosto 1836 hasta junio de 1837.
Medidas Socio-económicas
Las medidas socio-económicas, aunque apenas se aplicaron por la vuelta de Fernando VII, fueron muy importantes porque constituyeron el programa de los liberales españoles durante gran parte del XIX, muy especialmente la supresión del régimen señorial (1811: aunque la propiedad de la tierra se mantuvo igual, se abolieron las obligaciones personales del campesinado respecto de su señor: administración de justicia, trabajos gratuitos, soldados…), del mayorazgo, el inicio de la desamortización (1813: venta de propiedades de afrancesados, de órdenes militares disueltas, monasterios destruidos por la guerra y la mitad de los tierras municipales) y la supresión de la Inquisición, de los gremios y de las aduanas interiores.