La transición a la democracia. La Constitución de 1978. Principios

16.1. La transición a la democracia. La Constitución de 1978. Principios constitucionales y desarrollo institucional. El estado de las autonomías y su evolución.

1.1 La Transición a la democracia (1975 – 1982 )
Transición a la democracia el cambio gradual y pacífico desde la dictadura a la democracia que se desarrolló en España desde la muerte del general Franco hasta el triunfo del PSOE en las elecciones de 1982, se vio favorecida por el contexto internacional (fin de las dictaduras en Grecia en 1973 y en Portugal en 1974 ). A pesar de todo ello, este proceso encontró dificultades. Sus hechos más relevantes fueron los siguientes: En 1975 don Juan Carlos de Borbón asume la jefatura del Estado en aplicación de las leyes de la dictadura franquista. Se encontró con la oposición de los franquistas (que desconfiaban de él) y de los partidos de la oposición (que dudaban de su capacidad política); incluso su padre, don Juan de Borbón, no renunció al trono de España hasta 1977 (era depositario de los derechos dinásticos de la monarquía). El rey confirma a Carlos Arias Navarro como presidente de Gobierno (1974), pero lo destituye en 1976 durante su presidencia, la oposición se moviliza a favor de la democracia.////El rey nombra presidente de gobierno a Adolfo Suárez (Julio 1976) y se inicia el paso de la dictadura a la democracia desde la legalidad franquista. Su primera medida fue proponer la Ley para la Reforma Política.Las Cortes franquistas votaron a favor de esta ley, que fue aprobada en referéndum el 15 de Diciembre de 1976. //////////A principios de 1977 Adolfo Suárez comienza la política de consenso con la oposición, que aceptó la reforma como vía para implantar la democracia. Se aprobó la Ley de Amnistía, se desmanteló el Movimiento Nacional y se legalizaron los partidos políticos, incluido el PCE.///El 15 de Junio de 1977 se convocan las primeras elecciones democráticas, que ganó UCD, partido de centro fundado por Adolfo Suárez. El PSOE fue la segunda fuerza más votada. Sin embargo, el respaldo a la izquierda comunista (PCE, de Santiago Carrillo) y a la derecha (AP, de Manuel Fraga) fue menor del esperado,firmaron los Pactos de la Moncloa/////Las cortes elaboran la Costitución aprobada en el referéndum el 6 de Diciembre de 1978.Se incia la reforma territorial del Estado.Se convocan nuevas elecciones,una vez promulgada la Costitución.La gana de nuevo la UCD por mayoría simple. Adolfo Suárez forma gobierno entre 1979 y 1981.En ener de 1981 Adolfo Suárez dimite.En Febrero de 1981 Tejero asalta el congreso de Los diputados mientras tenía votación para nombrear a Leopoldo Calvo Sotelo nuevo presidente del Gobierno.El inteno del Golpe de Estado Fracasó por la oposición del rey y la falta de apoyos militares.///El gobierno de Leopoldo Calvo Sotelo ( 1981 – 1982 ) aprueba la Ley del Divorcio – rechazada por la Iglesia – y la integración de España en la OTAN – rechazada por la izquierda . Leopoldo Calvo Sotelo, debilitado por las divisiones internas de su partido, la UCD, adelanta las elecciones a Octubre de 1982. El PSOE gana las elecciones de 1982 por mayoría absoluta. Con la victoria del PSOE se da por concluida la Transición. El acceso de la izquierda al Gobierno significó la normalización democrática.


1.2 La costitución de 1978: principios constitucionales y desarrollo institucional

Tras las primeras elecciones democráticas de Junio de 1977, las Cortes elaboraron una Constitución que, por primera vez en la historia de España, no se debíó a la imposición de un partido político sino al consenso. Contó con los votos favorables de todos los partidos, excepto el PNV, que se abstuvo. La Constitución fue aprobada en referéndum el 6 de Diciembre de 1978//Esta Constitución define a España como un “Estado social y democrático de derecho”, con una organización territorial descentralizada – “Estado de las autonomías” – bajo una monarquía parlamentaria que atribuye al Rey las siguientes funciones : Jefatura del Estado, representación de España, sanción de las leyes y Jefatura de las fuerzas armadas.///La Constitución reconoce derechos individuales (igualdad ante la ley, propiedad y libertades, incluida la libertad religiosa dentro de un Estado no confesional) y derechos sociales (educación)///La Constitución establece la división de poderes en : Poder legislativo. Cortes Generales bicamerales (Senado y Congreso), cuyos miembros son elegidos por sufragio universal. El Congreso de los Diputados elabora leyes, vota los presupuestos en controla al Ejecutivo. El Senado apenas tiene poder y, aunque se define como una cámara territorial, en la práctica se limita a refrendar las leyes que elabora el Congreso, ya que carece de capacidad de bloqueo. Poder ejecutivo. El presidente del gobierno, que es elegido por el Parlamento, nombre a los ministros y dirige la política interior y exterior. (Debe contar con mayoría absoluta para gobernar con estabilidad). Poder judicial. Poder independiente. Además, se crea el Tribunal Constitucional con la función de garantizar que la legislación se ajusta a la Constitución. Y el Defensor del Pueblo, cuya misión es la de atender directamente a los ciudadanos velando por el respeto de sus derechos y libertades/////La Constitución establece una estructura del Estado descentralizada.

1.3 El Estado de las autonomías y su evolución

La Constitución diseña un Estado descentralizado atendiendo, sobre todo, a las reivindicaciones de autonomía de Cataluña y el País Vasco. El título octavo supuso el acceso al Estado de las autonomías por vías diferentes: “Vía rápida”. Accedieron a la autonomía por el articulo 151 las llamadas nacionalidades históricas (Cataluña, País Vasco y Galicia), llamadas así porque ya habían tenido estatuto de autonomía anterior a la Guerra Civil. Y más adelante, Andalucía por referéndum en 1980. “Vía lenta”. Accedieron a la autonomía por el artículo 143 el resto de las comunidades. Todas las comunidades se autogobiernan mediante su propio parlamente legislativo, elegido por sufragio universal y un presidente autonómico, nombrado por dicho parlamento. Igualmente con sus independientes tribunales de justicia. Cataluña y el País Vasco accedieron a la autonomía en 1979 y el resto de comunidades entre 1981 y 1983. A continuación se inició el proceso de transferencia de competencias.

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