Las Cortes de Cádiz, la Constitución de 1812 y el Reinado de Fernando VII

3 Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

3.1 La convocatoria de Cortes

La Junta Suprema Central no pudo dirigir la guerra y se disolvió en enero de 1810, pero antes inició una convocatoria de Cortes para que los representantes de la nación decidieran sobre su organización y destino. El proceso de elección de diputados a Cortes y su reunión en Cádiz fue dificultado por la guerra, pero se abrieron finalmente en septiembre de 1810, consiguiendo el primer triunfo el sector liberal al forzar la formación de una cámara única. En la primera sesión también aprobaron el principio de soberanía nacional, lo que significa que el reconocimiento del poder reside en el conjunto de ciudadanos.

3.2 La Constitución de 1812

Una comisión de las Cortes preparó el proyecto de Constitución desde marzo de 1811, que empezó a debatirse en agosto y se promulgó el 19 de marzo de 1812 (día de San José, de ahí que popularmente se le conozca como »la Pepa»). La Constitución contiene una declaración de derechos del ciudadano, como la libertad de pensamiento u opinión, la libertad civil o el derecho de propiedad, entre otros. La estructura del Estado se basaba en la división de poderes y no en el poder divino, el poder legislativo representaba la voluntad nacional y poseía amplios poderes (elaboración de leyes, aprobación de presupuestos, …) El sufragio era universal masculino e indirecto, el monarca era quien controlaba el poder ejecutivo y la administración de justicia era competencia de los tribunales y también se establecían los principios básicos de un Estado de derecho. Otros artículos de esta constitución proponían una reforma de los impuestos y la Hacienda, la creación del ejército nacional y la implantación de una enseñanza primaria pública y obligatoria.

3.3 La acción legislativa de las Cortes

Las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos que eliminasen el Antiguo Régimen y ordenasen el Estado como un régimen liberal. Esto conllevó la supresión de los señoríos jurisdiccionales, pasando los territorios a ser propiedad privada de los señores. También se decretó la eliminación de mayorazgos y la desamortización de las tierras comunales, se votó la abolición de la Inquisición y se proclamó la unificación del mercado, construyendo las bases de la modernización española. Esta enorme reforma no tuvo una gran incidencia práctica, dado que la vuelta de Fernando VII supuso la vuelta al absolutismo, frustrando toda la experiencia liberal.

4 El reinado de Fernando VII (1814-1833)

4.1 La restauración del absolutismo

Los liberales dispusieron que Fernando VII viajara a Madrid para que jurara la Constitución de 1812 y aceptara el nuevo marco político, pero los absolutistas se organizaron rápidamente para demandar la restauración del absolutismo, por lo que se vieron obligados a movilizar al pueblo para que mostrase su aprecio al monarca. Fernando VII anuló la Constitución y las leyes de Cádiz, por lo que la vuelta al absolutismo supuso un retorno al Antiguo Régimen. Con ello se creó la Santa Alianza, que garantizaba la defensa del absolutismo y podía intervenir en cualquier país para mermar el avance del liberalismo.

El monarca y su gobierno intentaron levantar un país en ruinas con todas las colonias luchando por su independencia, por lo que es lógico que todos sus gobiernos fracasaran estrepitosamente dado a que el campesinado estaba arruinado y la Hacienda real entró en bancarrota, ya que la guerra en las colonias americanas solicitaba grandes cantidades de recursos. Ninguno de los gobiernos de Fernando VII pudieron aminorar los problemas por los que pasaba la España de la posguerra, utilizando la represión como única respuesta ante las demandas políticas y sociales.

4.2 El Trienio Liberal (1820-1823)

A principios de 1820, el coronel Riego se sublevó y recorrió Andalucía proclamando la Constitución de 1812, a lo que el rey, dadas las circunstancias, no tuvo otra opción que aceptarla. Esto provocó la formación de un nuevo gobierno que proclamó una amnistía y convocó elecciones a Cortes. Los diputados liberales recibieron un resultado positivo e iniciaron una importante obra legislativa: restauraron las reformas de Cádiz, establecieron la disminución del diezmo e impulsaron la liberalización de la industria y comercio. También iniciaron la modernización política y administrativa del país, pero esta serie de reformas se encontraron con la rotunda oposición de la monarquía, como era de esperar, y del campesinado ya que aún no se les facilitaba el acceso a las tierras. Estos, a raíz de perder sus derechos tradicionales, se encontraban más pobres e indefensos, por lo que se unieron al movimiento antiliberal. Pero entre los liberales también había discrepancias, por lo que se dividieron en:

  • Moderados: aquellos que buscaban reformas que no perjudicaran a las élites nacionales.
  • Exaltados: que buscaban reformas radicales que fueran favorables a las clases populares.

4.3 La Década Ominosa (1823-1833)

La acción de la Santa Alianza encargó a Francia la intervención en el país, donde hicieron acto de presencia para reponer a Fernando VII como monarca absoluto, lo que llevó al rey a reprimir las acciones liberales. Sin embargo, los problemas económicos persistían y se empeoraron al perder las colonias americanas, por lo que en 1825 el rey buscó la colaboración del sector moderado de la burguesía financiera e industrial de Madrid y Barcelona.

4.4 El conflicto dinástico

En 1830 nace Isabel, la primera hija del rey que parecía garantizar la continuidad borbónica, ya que Fernando VII derogó la Ley Sálica (que impedía el acceso al trono de una mujer) mediante la Pragmática Sanción. Al caer enfermo su esposa, María Cristina, fue nombrada regente y formó un gobierno de carácter reformista. Cuando finalmente el rey murió (1833), su hija sería la heredera del trono una vez llegada a la mayoría de edad, sustituyéndola hasta aquel momento su madre, pero el mismo día Carlos IV se proclamó rey, provocando levantamientos absolutistas, que acabaron en las primeras guerras carlistas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *