Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: Un Hito en la Historia Liberal Española

Introducción

La Guerra de Independencia contra los franceses y el antiguo régimen provocó un vacío de poder en España. Tras la abdicación de los Borbones, una parte del país se rebeló contra los invasores y reclamó la soberanía nacional.

En la población surgieron diferentes posturas ideológicas: los afrancesados, partidarios de José Bonaparte, y el frente patriótico, formado por absolutistas (defensores del antiguo régimen) y reformistas o liberales (que aspiraban a la soberanía nacional, la división de poderes y una constitución).

Tras el levantamiento de mayo de 1808, los españoles asumieron la soberanía nacional y organizaron juntas locales que se agruparon en juntas provinciales. Estas, a su vez, formaron la Junta Central Suprema, cuyo objetivo era coordinar las acciones bélicas y dirigir el país.

Desarrollo

En enero de 1810, la Junta Central se disolvió y nombró una regencia de cinco miembros. Las opiniones liberales eran mayoritarias, por lo que se abrieron de nuevo las Cortes en septiembre del mismo año.

Las Cortes se reunieron en una sola cámara y en su primera sesión aprobaron el principio de la soberanía nacional, según el cual el poder reside en los ciudadanos y se expresa a través del parlamento.

El 19 de marzo de 1812, se promulgó la primera constitución liberal del país, conocida como»La Pep». Esta constitución recogía el espíritu liberal y solo hacía una concesión a los absolutistas al reconocer la religión católica como religión oficial del Estado.

La Constitución se basaba en cuatro principios básicos:

  1. Proclamación de la soberanía nacional: El poder reside en la nación, en oposición a la soberanía monárquica.
  2. Declaración de derechos del ciudadano: Libertad de prensa, igualdad ante la ley, derecho a la propiedad, sufragio universal masculino indirecto.
  3. Sistema de gobierno: Monarquía constitucional con división de poderes:
    • Legislativo: Cortes unicamerales con amplios poderes.
    • Ejecutivo: Monarca con poderes limitados, asistido por ministros responsables.
    • Judicial: Tribunales independientes.
  4. Otros aspectos:
    • Religión católica exclusiva.
    • Ejército permanente regulado por las Cortes.
    • Milicia nacional para reforzar al ejército y defender el Estado liberal.
    • Enseñanza primaria pública y obligatoria.

Conclusión

Los diputados de Cádiz llevaron a cabo una importante labor legislativa, aboliendo el régimen jurisdiccional, desamortizando bienes y suprimiendo gremios. También establecieron la libertad de imprenta y tomaron medidas para reformar la Iglesia española.

La Constitución de 1812 fue un hito en la historia del liberalismo español y sentó las bases para el desarrollo de un Estado moderno y democrático.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *