Constitución:
– República democrática de trabajadores. Soberanía popular. – Posibilidad de estatutos de autonomía.
-Libertad religiosa. – Declaración de derechos y libertades.
– Enseñanza a cargo del estado. gratuita obligatoria en primaria, laica. En los colegios religiosos se imparte religión.
– Posibilidad de expropiación de propiedades privadas por causa de utilidad social.
– derechos de los trabajadores: seguro, paro, pensiones vejez, salario mínimo, jornada de trabajo, vacaciones, trabajo de jóvenes y mujeres controlado.
– derechos de los campesinos: infraestructuras, exención de impuestos, créditos, compensaciones pérdida de cosechas.
– Congreso de diputados: 1 cámara, elecciones cada 4 años. Elección por sufragio universal, hombres y mujeres de más de 23 años. Presidente elegido cada 6 años, jefe de gobierno.
– juicios con jurado. – Matrimonio civil, divorcio, igualdad hijos legítimos/ilegítimos.
Modificación
del sistema electoral:
Intenta
evitar las corrupciones del sistema de la restauración. 1 diputado x 50.000
habitantes. Disminuye el peso de la España rural antes excesivo.
Cambios en la organización política:
Elecciones libres
que sirven por primera vez para cambiar a los representantes por todos los
ciudadanos.
Los partidos son de masas, no de notables, se democratizan, crean programas, se reúnen en congresos. A pesar de todo están muy fragmentados, excesivo pluralismo, para mayorías; se van agrupando en coaliciones.
El parlamento =centro vida política, en él se discuten los temas de interés para la población. Los españoles se politizan y asumen su protagonismo político.
4.- Reforma agraria, reforma social
el problema agrario era uno de los más importantes al ser los campesinos la población activa mayoritaria. El gobierno provisional legisló medidas para cambiar la situación, lo que suponía iniciar una reforma social.
la
«Ley de bases de la Reforma
Agraria» da esperanzas a los campesinos
pero crea tensiones con la oposición.
l Planteamiento del problema
-Fuertes contrastes. En ciudades el nivel de vida es más alto y con mayores comodidades, en el medio rural el nivel de vida es bajo, la situación parece estancada en el siglo XV.
– estructuras de propiedad diversas: en el NO minifundismo y producción insuficiente, en el SO latifundismo, mucha tierra en manos de un sólo propietario.
– paro crónico de los campesinos sin tierras (jornaleros). Las grandes explotaciones agrícolas rentables por los sueldos miserables y el paro ( 4/5 meses al año)
– Los latifundios supone poder económico y poder económico-social para un pequeño grupo.
– La república aprueba leyes, considera un «problema inaplazable».
– La reforma agraria busca evitar la concentración de la propiedad, la tierra es la base del poder y se busca redistribuir el poder político y social.
– Es una solución compleja, hay muchas diferencias en la estructura de la propiedad, dificultades para determinar las tierras expropiables.
l Justificación de las reformas agrarias
– La república democrática debe legislar en favor de las clases obreras hasta entonces marginadas.
– permitirá superar la crisis económica: organización de la producción, mejora de la explotación del suelo, participación de los campesinos en el reparto de riqueza. Los campesinos, al aumentar su capacidad económica se convierten en consumidores, ayudando a crear mercado que favorece a industria y comercio.
– Necesidad de redistribuir rentas en el medio agrícola repartiendo la tierra
– Beneficios sociales: dando tierras a los campesinos se evita la miseria, y el bienestar asegurará la tranquilidad en las zonas de agitación social
l Medidas
-Primeras: 1931. Largo Caballero, ministro de trabajo aprueba una serie de decretos para mejora inmediata: ley de accidentes de trabajo, ley de prohibición de desahuciar a los arrendatarios, jornada laboral de 8 horas, jurados para mejorar las condiciones de los trabajadores agrícolas, subida salarial del 40%.
-Segundas: Ley de reforma agraria. El tema más debatido de la cámara, se aprobó en el 1932, tras unos duros intentos de obstrucción y tras el intento de golpe de estado de Sanjurjo.
Ley:
– Se trata de asentar a los campesinos en tierras de latifundios, no cultivadas por sus propietarios.
– Afecta Andalucía, Extremadura, La Mancha, Salamanca.
– decreto de expropiación de tierras incultas, arrendadas a menos de 2 km. de los pueblos o arrendadas en los últimos 12 años.
– Se crea el IRA (Instituto Reforma Agraria) que tenía que registrar la propiedad expropiable. Se destinaron presupuestos para indemnizaciones para propietarios.
– Fracaso: lenta y con poco presupuesto para pagar las expropiaciones, resistencia de los propietarios. Decepción de los campesinos.
l Consecuencias
– Propietarios: defensa de la propiedad, apoyo de los partidos de derechas (orden, paz y trabajo)
– Campesinos: decepcionados por la lentitud del proceso. radicalización. Gran crecimiento de los sindicatos (CNT, UGT), mayor número de huelgas e insurrecciones (radicales CNT, UGT). En 1932: Llobregat, Ribera Baixa, Zaragoza, Valencia, Andalucía. Duramente reprimidas. Se producen muertes.
La derecha identifica república y desorden.
Dos situaciones de conflicto:
– Castillblanco: Badajoz, campesinos en huelga, se produce la muerte de un guardia civil. En días siguientes la G.C. disparó sobre los huelguistas. En Arnedo (La Rioja) 7 muertos+30 heridos.
– Casas Viejas: 500 jornaleros en paro. Tensiones. De 6.000 hectáreas sólo 2.000 en cultivo. Huelga en 1933 asesinado un guardia civil; en venganza 6 muertos, incendios de casas y 12 vecinos ejecutados.