Principal institución: monarquía. A partir del siglo XI, proceso de feudalización con desarrollo desigual en los reinos. Señoríos territoriales, concedidos por el rey a particulares o instituciones como pago por servicios prestados, relación con campesinos de carácter económico y laboral. Pagaban rentas y estaban obligados a corveas (días de trabajo) en la reserva señorial. En el siglo XII, los reyes otorgaban privilegios de inmunidad, el rey no intervenía en el territorio (señores jurisdiccionales), los reyes se limitaban a señoríos de realengo: tierras bajo dominio directo que no formaban parte de la nobleza o el clero. La sociedad de los reinos peninsulares siguió con el modelo estamental propio del feudalismo (Nobleza, Clero y Estado Llano).
Organización Política de la Corona de Castilla, de Aragón y del Reino de Navarra al Final de la Edad Media
Castilla: monarquía unitaria, el rey mantiene la autoridad por escaso poder, cortes y aceptación de origen divino. Corona de Aragón: no es un estado único sino una confederación de territorios, el poder del rey es limitado por las cortes, cada territorio con lugarteniente o virrey. Habían cortes en cada reino con mucho poder consultivo, aprobaban subsidios, proclamaban heredero y tomaban juramento junto al rey. En Castilla no, los nobles impulsan el practicismo (acuerdos entre estamentos y corona). Función legislativa pero con el compromiso de respetar usalges (usos y costumbres). Otras cortes: 3 brazos en Aragón, 4 en alta nobleza, bajo clero y ciudades. Otras instituciones: consejo real, audiencia (tribunal de justicia). En Castilla se llamaba chancillería a la sede de la Corte Real en Valladolid. En Aragón, comisión para vigilar lo pactado en cortes y justicia de Aragón, cargo ocupado por un noble que se encargaba de defender los privilegios nobles frente al rey.