Clasificación del texto
Se trata del Decreto de 1 de Octubre de 1823 por el cual Fernando VII anula la obra legislativa desarrollada durante el Trienio Liberal (120-1823).|Por tratarse de un decreto o norma legal estamos ante un texto, por su forma, de naturaleza jurídica.
|Por su contenido, al tratar asuntos orden legislativo es un texto político.|
Por su origen es de fuente primaria, al tratarse de un documento de época.|Su destino es público, pues afecta a todos los españoles.|El autor es Fernando VII, monarca absoluto y, por tanto, fuente de poder legislativo.
Contexto histórico
Cuando Fernando VII regresa a España la Constitución de 1812 le reconocía como rey de España, siempre y cuando jurara la Constitución. Se fue de España en 1808 como rey absolutista y regresa en 1814 como rey constitucional. Al volver anuló la Constitución de 1812 y restablecíó el absolutismo mediante el decreto de 4 de Mayo y tras recibir el apoyo de los absolutistas a través del Manifiesto de los Persas y del ejército al mando del general Elío. De este modo, en un Golpe de Estado, el rey anuló todo lo acordado en Cádiz e inició la represión contra los liberales.|Ante esta situación, los liberales no tuvieron otra opción para la conquista del poder que el uso de la fuerza, mediante la conspiración y la rebelión. Para ello recurrieron al ejército y a las sociedades secretas como la masonería.|La expresión del descontento fueron los pronunciamientos, de los que hubo varios durante el Sexenio absolutista. Finalmente, en 1820 se produjo en Cabezas de San Juan (Sevilla) un pronunciamiento por parte del teniente coronel Rafael de Riego. Ante la falta de apoyos el rey Fernando VII tuvo que jurar la Constitución de Cádiz de 1812.|Se iniciaba así una nueva etapa de signo liberal que duró tres años, el Trienio Liberal. Durante el periodo se restablecieron las medidas liberales tendentes a establecer un régimen constitucional y que aboliese definitivamente el Antiguo Régimen. Sin embargo, una vez en el poder, el liberalismo se escindíó en dos facciones: los moderados o doceañistas, dispuestos a modificar la Constitución de 1812, con vistas a hacerla aceptable por los sectores más conservadores y por el mismo monarca, y los exaltados o veinteañistas, a favor de la Constitución de 1812 y de su aplicación estricta. Esta división provocó una debilidad de los liberales.|Por su parte, los elementos absolutistas promovieron una oposición armada contando un sector de la oficialidad del ejército y de las élites del Antiguo Régimen, la mayor parte del clero, disgustado con la desamortización, y amplias capas populares de las áreas rurales. La contrarrevolución absolutista se manifestó en una serie de rebeliones militares destacando la formación de la Regencia de Urgel, especie de gobierno absolutista paralelo, con focos en País Vasco, Navarra y Cataluña. |Sin embargo, el final del Trienio liberal no se debíó a una insurrección interna, sino a una intervención extranjera. Fernando VII solicitó ayuda a las grandes potencias absolutistas reunidas en el Congreso de Verona (Octubre de 1822) para que aplastaran la revolución liberal y respaldaran su restauración en el trono español.|El resultado fue la organización de una expedición francesa, los Cien mil hijos de San Luis, que entró en el país en Abril de 1823. El gobierno no tuvo más remedio que capitular y liberar al rey, repuesto plenamente en sus funciones. De este modo concluía nuevamente en fracaso la segunda experiencia liberal, al mismo tiempo que se abría el último periodo de existencia del Antiguo Régimen en España.|Idea principal y secundarias
Idea principal
En la parte final del texto se dispone la anulación de toda la legislación aprobada por el gobierno liberal, desde que el monarca juró la Constitución de 1812, el 7 de Marzo de 1820, hasta este día de 1 de Octubre de 1823, advirtiendo que las leyes aprobadas y por él sancionadas, como exigía la Constitución, se había llevado a cabo en contra de su “voluntad” y careciendo de “libertad”. Fernando VII dejaba de ser un rey constitucional y volvía a la condición de rey absoluto.