Regencias y Reinado de Isabel II: Evolución Política y Social en la España del Siglo XIX

Las Regencias y el Reinado de Isabel II: Un Periodo de Transformación en España

La Cuestión Dinástica y la Regencia de María Cristina (1833-1840)

En 1730, el nacimiento de la princesa Isabel planteó un dilema sucesorio. El rey, buscando asegurar el trono para su hija, anuló la Ley Sálica y promulgó la Pragmática Sanción. Sin embargo, tras su muerte en 1833, Carlos María Isidro, hermano del difunto rey, rechazó el testamento y se levantó en armas, dando inicio a las Guerras Carlistas.

La regente, María Cristina, inicialmente se inclinó por reformas administrativas. En 1833, Javier de Burgos dividió el Estado en 49 provincias para mejorar la eficiencia del gobierno, y se permitió el regreso de los liberales exiliados. No obstante, las demandas de reformas políticas se intensificaron en 1834. María Cristina nombró a Martínez de la Rosa como primer ministro, quien promulgó el Estatuto Real, una carta otorgada que establecía unas Cortes bicamerales:

  • Estamento de Próceres: Compuesto por nobles designados por la Corona.
  • Estamento de Procuradores: Elegido mediante sufragio censitario.

Las Cortes tenían funciones limitadas, como regular las peticiones al monarca y aprobar respuestas. El monarca mantenía un control significativo, con capacidad legislativa plena, la potestad de convocar y disolver las Cortes, y la presidencia del consejo de ministros.

El descontento de los liberales, exacerbado por la guerra y la crisis económica, llevó a una sublevación popular. La regente nombró a Mendizábal como primer ministro, quien impulsó reformas económicas, destacando la desamortización de bienes eclesiásticos para financiar la guerra. Sin embargo, la regente se opuso a reformas más profundas. En 1836, el Motín de los Sargentos de la Granja forzó a María Cristina a restablecer la Constitución de 1812, aunque se optó por redactar una nueva.

La Constitución de 1837

Esta constitución, aunque breve, consolidó el sistema liberal en España y marcó el fin del Antiguo Régimen. Aunque reconocía la soberanía nacional y los derechos ciudadanos, fue más moderada de lo esperado debido a la amenaza carlista. Sus características principales fueron:

  • Sistema de representación: Cortes bicamerales (Congreso y Senado). El Senado era elegido por el rey de una lista propuesta por los votantes de cada provincia. Las Cortes tenían poder legislativo.
  • Sufragio censitario.
  • Poder ejecutivo: Compartido entre el rey y los ministros, quienes respondían ante las Cortes.
  • Poder judicial: El Estado, a través de los jueces, tenía el monopolio de la aplicación de las leyes.
  • El rey participaba en la elaboración de leyes, convocaba y disolvía las Cortes.
  • Organización territorial: Centralizada. Los cargos de ayuntamientos y diputaciones eran elegidos por los vecinos.
  • Fuerzas armadas: Se mantuvo la Milicia Nacional en las provincias.
  • Relaciones Iglesia-Estado: Se estableció la libertad de culto y el Estado se comprometía a mantener a la Iglesia católica.
  • Educación: Se estableció una educación gratuita y generalizada.

La Regencia de Espartero (1840-1843)

Tras la guerra carlista, María Cristina intentó limitar las reformas constitucionales, especialmente el poder de los gobiernos municipales y la Milicia Nacional. El general Espartero, de tendencia progresista, se opuso a estas medidas. María Cristina firmó la Ley de Ayuntamientos, que otorgaba su control al ministro del Interior, lo que provocó motines civiles y militares que culminaron con su exilio en 1840.

Espartero asumió la regencia hasta 1843, pero su apoyo disminuyó gradualmente. Sus políticas librecambistas le enfrentaron a los empresarios proteccionistas, y las conspiraciones militares en su contra fueron constantes. En julio de 1843, el golpe del general Narváez triunfó en Torrejón de Ardoz, y Espartero partió al exilio.

El Reinado de Isabel II y la Década Moderada (1844-1854)

En 1843, Isabel II fue declarada mayor de edad. Su reinado se caracterizó por el predominio del moderantismo, con el general Narváez como figura política clave. El partido progresista perdió influencia.

La Constitución de 1845

Esta constitución reflejó el carácter moderado del periodo, eliminando cualquier pacto con los progresistas. Otorgaba mayor poder al monarca y los derechos ciudadanos se regularían en leyes posteriores. Sus puntos clave eran:

  • Sistema de representación: Cortes bicamerales. El Congreso era elegido por los ciudadanos, y el Senado era elegido por el rey de forma vitalicia entre nobles, altos funcionarios, militares y clérigos. Las Cortes tenían poder legislativo.
  • Sufragio censitario: Más restringido que en 1837, con aproximadamente 100.000 votantes en todo el país.
  • Poder ejecutivo: Compartido entre el rey y los ministros, quienes respondían ante las Cortes.
  • Poder judicial: El Estado, a través de los jueces, tenía el monopolio de la aplicación de las leyes.
  • El rey participaba en la elaboración de leyes, convocaba y disolvía las Cortes.
  • Organización territorial: Centralizada. Los cargos de diputaciones y ayuntamientos eran elegidos por los gobernadores de las provincias.
  • Fuerzas armadas: Se redujo el poder de la Milicia Nacional mediante la creación de la Guardia Civil.
  • Relaciones Iglesia-Estado: La religión católica se estableció como el culto oficial del Estado.
  • Educación: Se mantuvo el principio de educación generalizada y gratuita.

Otras Leyes y Reformas

La Guardia Civil, creada en 1844, se encargó de mantener el orden en las zonas rurales y proteger las propiedades de los terratenientes, lo que generó conflictos con los campesinos.

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