Transición Española a la Democracia y Constitución de 1978: Claves del Cambio Político

El Proceso de Transición a la Democracia y la Constitución de 1978

Cuando Franco murió el 20 de noviembre de 1975, un gran interrogante se abrió en España: ¿era posible el franquismo sin Franco? En caso contrario, ¿cuál era el sistema para desmontarlo sin crear graves tensiones sociales? Algún autor ha señalado que el cambio político obedece a una planificación de cuatro aspectos: el objetivo del cambio, o sea, la instalación de la democracia; el procedimiento, que partía de la legalidad existente; el instrumento jurídico y la persona que dirigiría ese cambio, Adolfo Suárez. En diciembre de 1975, el nuevo rey, don Juan Carlos I, confirmaba como presidente de gobierno a Carlos Arias Navarro. La monarquía que había previsto Franco era una monarquía autoritaria, que descansaba en unas instituciones políticas no democráticas: Cortes «orgánicas» no elegidas por sufragio universal, rey que gobierna, prohibición de partidos, sindicatos verticales y ausencia de derechos y libertades fundamentales. La clave de la situación española era don Juan Carlos. Factores objetivos como el deterioro de la imagen del régimen en los últimos años y la existencia en su seno de grupos «reformistas» hacían pensar que el franquismo sin Franco era insostenible. Las primeras medidas del gobierno no satisfacieron a la oposición. Los partidos y sindicatos — aún ilegales—actuaban ya de forma pública. Pero el rey había puesto al frente de la Presidencia de la Cortes y del Consejo del Reino a Torcuato Fernández Miranda. El 28 de enero de 1976, Arias explica a las Cortes su reforma: modificación del artículo 172 del Código Penal, regulación de los derechos de reunión y manifestación y sistema bicameral. Pero no habló de elecciones generales, ni de autonomías, ni de amnistía. Arias, fue fiel al franquismo. El progresivo deterioro de las relaciones del rey con Arias Navarro le lleva al rey a cesar al Presidente del gobierno, tras el regreso de su viaje a los Estados Unidos. El rey nombró para suceder a Arias, a Adolfo Suárez, un hombre joven de la última generación del franquismo y Ministro Secretario General del Movimiento en el primer gobierno de la monarquía. Su nombramiento fue una sorpresa para muchos observadores políticos. El primer problema grave que tuvo que afrontar fue el de la composición del nuevo gabinete declarando que su gobierno no representaba opciones de partido sino que se constituía en gestor legítimo para establecer un juego político abierto a todos.

En esos meses veraniegos los contactos con la oposición se extendieron al partido socialista.

El 14 de julio se aprobó en las Cortes, todavía de composición franquista, la reforma del Código Penal, reforma que en la práctica permitía la legalización de la mayoría de los partidos políticos, excepto el comunista. Así, Suárez, pudo pilotar de forma decidida el proceso de transición durante los meses de septiembre a diciembre de 1976. Pero un peligro esencial para la naciente democracia era la que representaba una parte del ejército, como el general De Santiago, que ante los contactos del ministro Enrique de la Mata con Comisiones Obreras protestó abandonando la cartera de Defensa y la responsabilidad vicepresidencial, siendo sustituido por el teniente general Manuel Gutiérrez Mellado.

La Reforma Política

Ese procedimiento consistía, en ir de la ley a la ley. El proyecto fue objeto de varias redacciones, pero estuvieron muy claros los propósitos fundamentales: la ley debería resultar aceptable para la oposición y conducir de manera rápida a unas instituciones de carácter democrático. Desde el punto de vista jurídico, La Ley para la Reforma Política ha podido ser definida como la octava ley fundamental del régimen que tenía como finalidad modificar de forma sustancial el contenido del sistema político existente en España. Todo un conjunto de habilidades, presiones y maniobras tuvo como resultado una votación en la que los procuradores que se expresaron en términos afirmativos fueron 435, ante sólo 59 en contra, hubo 13 abstenciones y los ausentes pueden considerarse también como contrarios al proyecto. De acuerdo con la propia Ley para la Reforma Política su texto debía ser ratificado en referéndum nacional, que se celebró el 15 de diciembre, arrojando tan sólo un 94,2% de votos afirmativos. Siendo promulgada el 4 de enero de 1977. El gobierno dictó un Decreto-ley por el que se regulaba la forma en que podrían ser declarados legales los partidos políticos. De esta manera aparecerán grupos en la derecha, centro e izquierda. El grupo más firme de la derecha será Alianza Popular y su líder, Manuel Fraga Iribarne.

Desde el momento del referéndum hasta la celebración de las elecciones de junio de 1977, la presión de los acontecimientos puso en grave peligro la reforma sobre todo cuando la presión terrorista de ETA y GRAPO y la legalización del Partido Comunista puso en pie de guerra a los enemigos de todo cambio. El 15 de junio se celebraron las primeras elecciones democráticas. Pero antes, el día 14 de mayo de 1977 Don Juan de Borbón y Battemberg, renunciaba a sus derechos dinásticos a favor de su hijo el rey. En las elecciones la UCD obtuvo 165 escaños y formó gobierno tras obtener una mayoría simple. El PSOE con 118 escaños se convertía en el partido mayoritario de la oposición, el PCE, obtenía unos pobres resultados (20 escaños), a la vez que se destacaban y asentaban los partidos nacionalistas (PNV y Convergencia i Unió). España como el resto de los países occidentales atravesaba una serie de problemas económicos derivados de la crisis de 1973. En octubre de 1977 se firmaron los llamados Pactos de la Moncloa. Fuentes Quintana apelando al consenso con la oposición, los sindicatos y el mundo empresarial pretendió llevar a cabo una amplia reforma fiscal. También quiso liberalizar la economía a fin de procurar la integración de España en la CEE, marcándose como objetivo económico esencial la lucha contra la inflación.

Estructura de la Constitución

La Constitución consta de 169 artículos.

En la nueva Constitución se recogían como puntos esenciales los siguientes:

  • Se definía a España como un «Estado social y democrático de derecho»
  • La soberanía nacional reside en el pueblo español
  • La forma política iba a ser la monarquía parlamentaria
  • En el Art. 2 se deja traslucir el consenso mediante dos principios como son el de la solidaridad y la coordinación.
  • Muy unido al fenómeno autonómico está el Art. 3 al reconocer junto al castellano el uso de otras lenguas.
  • Da rango constitucional a partidos y sindicatos
  • Fija la mayoría de edad a los 18 años.
  • Queda abolida la pena de muerte
  • Reconoce y garantiza todas las libertades democráticas.
  • No reconoce religión estatal, pero declara que el Estado deberá tener en cuenta la religiosidad de los españoles a la vez que abría la puerta al divorcio.
  • Se reconocen igualmente la libertad de enseñanza, empresa y economía de mercado.
  • La Monarquía ve reducido su papel al de moderador.

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